En San Juan, una mujer accedió a practicarse un aborto, amparada en la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), pese a que su ex pareja fue a la justicia para evitarlo. El abogado de la joven, Reinalo Bedini, informó que fue posible a través de la medicación emitida por el Hospital de Pocito.
La ex pareja había intentado evitar el aborto presentando una cautelar ante la Justicia. A pesar de la resolución de la Sala III de la Cámara Civil de la provincia a favor del hombre, la mujer pudo practicarse el aborto.
De todos modos, accedió a ejercer su derecho conquistado a través de la promulgación de la Ley de IVE (Nº 27.610), que desde el 24 de enero de 2021 entró en vigencia en todo el país.
"La interrupción del embarazo se había hecho el 21 de abril, a través del procedimiento de la medicación (misoprostol). Y el fallo se conoció el domingo 2 de mayo", señaló Bedini.
En este sentido, el abogado explicó que hubo una demora de 10 días por parte de la obra social ya que estaban a la espera de la primera resolución judicial.
La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) (Nº 27.610) de Argentina fue sancionada por el Congreso Nacional el 30 de diciembre de 2020 y el 24 de enero de 2021 entró en vigencia en todo el territorio nacional.
Esta ley dispone que los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales y las empresas y entidades de medicina prepaga incorporen la cobertura integral y gratuita de la práctica. La misma no requiere adhesiones provinciales ni reglamentación para su vigencia.
Para informar y pedir una respuesta en casos en los que un hospital o centro de salud niegue la realización de un aborto está la línea telefónica 0800-222- 3444, habilitada por el Ministerio de Salud de la Nación. También se puede llamar para pedir información en general.