El presidente Javier Milei restringió el acceso a la información pública de los actos del gobierno, aumentó la confidencialidad al expandir el concepto de lo que puede ser “secreto de Estado” e incluso abrió la posibilidad de configurar del “ámbito privado” los hechos que involucren al presidente y sus funcionarios.

El agravante es que la modificación a un pilar de los gobiernos republicanos y democráticos, como es la publicidad de sus actos, fue realizada por un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La medida generó críticas de las organizaciones vinculadas a la defensa del acceso a la información, periodistas y dirigentes políticos de todos los arcos ideológicos. 

Desde el exministro de Cambiemos, Pablo Avelluto, quien afirmó: "El gobierno limita el acceso a la información pública. Pero no son fascistas, autoritarios ni de extrema derecha, dicen los amigos liberales más raros del planeta Tierra mientras acompañan el rumbo”. Hasta la abogada y exdiputada de la izquierda Miryam Bregman, quien señaló que este gobierno tiene “mucho que ocultar: hace unos meses pedimos información sobre lo que gasta Bullrich en cada represión y se negaron a responder. La casta no quiere que la molesten”.

Para la fundación Poder Ciudadano, ONG que sigue de cerca la aplicación de la ley de acceso a la información y que litigó incluso en los tribunales por su aplicación, el decreto “en lugar de impulsar el derecho de acceso a la información pública, pareciera limitarlo”.

Por ejemplo, al modificar la definición de qué es información pública. “Esta nueva norma olvida que el principio jurídico fundamental que sostiene este derecho –como estándar internacional que nuestro país ha refrendado- es que la información se presume pública y el secreto es la excepción”, manifestó Poder Ciudadano.

La ONG definió: “Ningún decreto puede restringir el acceso a la información pública más allá de lo que lo hace la ley sancionada democráticamente por el Congreso de la Nación".

Funcionarios del Gobierno se quejaron de que reciben muchos pedidos similares (por ejemplo, relativos a los perros de Milei -que se negó a contestar- o a los ingresos a la quinta presidencial de Olivos), informó La Nación. “Si recibe muchas preguntas sobre un mismo tema -advirtió Poder Ciudadano-, eso significa que hay un interés público sobre esa información. La información está en manos del Estado pero le pertenece a la ciudadanía”.

Algunos cambios del decreto

 

Los nuevos criterios que limitan a los ciudadanos a acceder (de manera individual o colectiva, independiente o a través de la prensa) a los datos de la administración nacional sobre la cosa pública están incluidos en el Decreto 780/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial.

Los puntos del texto sin debate parlamentario modifica lo que regía hasta ahora en la ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública.

El decreto de Milei reconoce que el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno, la promoción de la participación ciudadana, la transparencia de gestión y demás. Pero achica los límites para que la administración de La Libertad Avanza (LLA) dé a conocer sólo lo que el presidente quiere.

Por ejemplo, establece que “no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada”. Por ejemplo, los hechos que ocurran en la Quinta de Olivos, como reuniones familiares, cantidad o existencia de mascotas, visitas íntimas o reservadas que supuestamente no tengan que ver con la gestión, resumió Página12.

También prohíbe la difusión de “deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo o exámenes preliminares” sobre un tema o acto de gobierno. Es decir que todas las anotaciones personales durante una reunión o en agendas no serán consideradas como documentos de Estado ni posibles de ser revisadas.

En otro artículo, fija en 10 años el blindaje sobre datos confidenciales o secretos de Estado por razones de defensa, política exterior o seguridad interior.

Además, protege el secreto financiero y los datos propios o de terceros que maneje el Banco Central, sobre la base de la Ley de Entidades Financieras. De este modo, el Ministerio de Economía podría ampararse en esta modificación para volver a responder negativamente a los extensos pedidos de información sobre la salida al exterior de lingotes de oro de la reserva nacional.

En otro tramo establece que la información que no se dará a conocer será también aquella que “sea objeto de medidas razonables para mantenerla secreta”. Pero no especifica los parámetros de razonabilidad y deja librado a capricho del gobierno qué sería lo razonable o lo no razonable.

Las restricciones son tan discrecionales e indefinidas que tampoco se revelarán datos que el gobierno entienda que podría tener “un valor comercial por ser secreta” o “sea objeto de medidas razonables para mantenerlas secretas”.