En el marco de las distintas medidas económicas que se vienen adoptando desde la Municipalidad de Rosario para transitar la pandemia, se extendió hasta el 30 de junio el plazo para regularizar deudas bajo la modalidad de la moratoria vigente.
El Plan Especial de Regularización lanzado por el municipio procura promover el cumplimiento de obligaciones vencidas, abarcando en la actualidad a todas las categorías de tributos municipales.
Se incluyen además entre los beneficios de esta moratoria las deudas correspondientes a multas por infracciones de tránsito no graves.
Las deudas podrán regularizarse con los siguientes beneficios:
Pago contado: 50% de descuento de intereses resarcitorios.
Hasta 6 cuotas sin interés financiero y descuento del 20% en intereses resarcitorios.
Hasta 12 cuotas sin interés financiero.
Planes hasta 18, 24 y 36 cuotas, con el 1.5% de interés financiero.
Para deudas originadas desde el 1/03/2020 al 31/12/2020: 100% de descuento en intereses resarcitorios.
Para las contravenciones al Código de Faltas se realizará un 60 % de descuento para el pago voluntario, un 30% descuento en infracciones no juzgadas y hasta 10 cuotas sin interés financiero.
En tanto a las contravenciones en vía judicial, se otorgará un 50% de descuento en los intereses resarcitorios por pago contado. Además, para quienes elijan abonar en 6 cuotas sin interés se aplicará un 20% de descuento en los intereses resarcitorios. También se podrá optar por hasta 12 cuotas con el 1.5% de interés financiero.
Para acceder a estos beneficios las personas interesadas deberán ingresar a: rosario.gob.ar/tramites
También puede consultarse vía correo electrónico a tributos@rosario.gob.ar y al Tribunal de Faltas a tribunaldefaltas@rosario.gob.ar.
Eximición de obligaciones tributarias a rubros económicos afectados por restricciones
La Municipalidad de Rosario dispuso esta semana la eximición del pago del Derecho de Registro e Inspección (DReI), sus adicionales y la Contribución ETuR correspondiente a los períodos abril y mayo 2021 a canchas de uso deportivo, bares y restaurantes, inmuebles para fiestas, convenciones y eventos análogos, hoteles y hostels, confiterías bailables y salas de teatro, cines y centros culturales.
La disposición está contenida en un decreto ad referéndum del Concejo Municipal en el marco de las atribuciones conferidas el año pasado por el cuerpo legislativo para la adopción de medidas de excepción vinculadas a la pandemia de covid-19.