El Gobierno desreguló por completo el servicio de correo postal: detalles de la "letra chica"

Lo anunció en X el portavoz Manuel Adorni y este lunes la medida se publicó en el Boletín Oficial. “Lograremos más competencia, mayor digitalización y mejor seguridad en materia postal”, dijo

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El Gobierno nacional publicó el decreto 1005/2024 que oficializa la desregulación completa del servicio postal. De esta manera, buscan generar el ingreso de nuevas empresas e impulsar la competencia en el sector.

“El Gobierno ha tomado la decisión de desregular el servicio de correos”, anunció esta noche en X el portavoz Adorni.

“Con esta medida lograremos más competencia, mayor digitalización y mejor seguridad en materia postal. Dios bendiga a la República Argentina”, había anticipado el domingo por la noche el vocero Manuel Adorni. En la madrugada de este lunes, la medida se hizo efectiva mediante su publicación en el Boletín Oficial.

En línea con el decreto, los principales objetivos de esta decisión son “fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio”. La reforma, que se trabajó en forma conjunta entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, incluye modificaciones de decretos anteriores y derogaciones de resoluciones de la Comisión Nacional de Correos y Telégrafos, de la Comisión Nacional de Comunicaciones y de la Secretaría de Innovación Pública.

A partir de ahora, para ser operador postal las personas jurídicas deberán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera “simple, electrónica, gratuita y declarativa”.

Se busca que haya más empresas de correos para, entre otras cosas, bajar precios y costos.

Más detalles del nuevo esquema

* La inscripción se realizará una sola vez al inicio de la actividad y podrán iniciar automáticamente sus actividades a partir de los 5 días desde la fecha de su inscripción.

* Esa inscripción constituirá habilitación suficiente para desarrollar la actividad.

* Los operadores postales que desarrollen actividades en el mercado postal local e internacional podrán fijar con total libertad la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad.

* Van a poder brindar cartas documentos, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales.

* Se habilita que los ejemplares y la constancia de entrega al destinatario del telegrama y carta documento sean en formato digital, al igual que el respaldo.

* La verificación de identidad se podrá realizar vía Renaper u otros medios de verificación remota.

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