En medio del gran debate sobre el blanqueo de bienes y tenencias dinerarias que ha copado la agenda de contribuyentes, ha pasado casi desapercibida otra oportunidad de regularización que puede traer significativos beneficios a empresarios y empleadores. Se trata del “Blanqueo Laboral”, que entró en vigencia el pasado 30 de septiembre, y que promete ser una herramienta poderosa para quienes quieran poner en regla relaciones laborales no reconocidas o registradas de manera deficiente.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha reglamentado este nuevo régimen mediante la Resolución General N.º 5577/2024, en el marco de la Ley N.º 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el Decreto 847/2024. El objetivo principal es claro: regularizar las relaciones laborales vigentes que no fueron declaradas correctamente o nunca registradas, siempre que hayan comenzado antes del 5 de julio de 2024.
Este régimen ofrece una serie de beneficios que buscan incentivar a los empleadores a sumarse antes de la fecha límite del 24 de diciembre de 2024. Entre los aspectos más destacados del blanqueo, se permite la regularización de relaciones laborales no registradas o registradas de forma defectuosa, permitiendo rectificar los aportes y contribuciones de Seguridad Social correspondientes hasta 60 meses hacia atrás. Dependiendo del tipo de empresa (MiPyMEs, Medianas o Grandes), estos aportes podrán ser reducidos entre un 90% y un 70%.
Además, las deudas relacionadas con Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y obra social serán completamente condonadas, lo cual representa un ahorro significativo para aquellas empresas que se encuentren en situaciones de irregularidad. Por si fuera poco, el monto final de deuda reconocida podrá abonarse de contado, obteniendo una quita adicional del 50%, o financiarse en planes de pago de hasta 28 o 12 cuotas, según el tamaño de la empresa.
También se condonarán las multas, sanciones y las inclusiones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), así como las acciones penales sin sentencia firme. "Es un incentivo sin precedentes para quienes buscan una solución integral y beneficiosa a la situación laboral de sus empleados", comentó un vocero de la AFIP.
La AFIP también ha anunciado que, en el marco de este régimen, se abstendrá de formular determinaciones de deuda y de labrar actas de infracción por los mismos conceptos y períodos comprendidos en las relaciones laborales regularizadas. Esto implica un alivio extra para aquellos empleadores que temían posibles sanciones por las irregularidades que intentan corregir.
Este blanqueo representa una oportunidad histórica para aquellas empresas que necesiten poner en regla a sus empleados, sin las cargas y penalidades que comúnmente se asocian a estos procesos. Con la fecha límite del 24 de diciembre de 2024 acercándose rápidamente, la AFIP parece enviar un mensaje claro: es el momento de regularizar y comenzar el 2025 con un panorama laboral limpio y sin cargas judiciales pendientes.
C.P. Paula Mamana, responsable del área Laboral-Previsional en ISL Contadores.
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