Los Colegios de Farmacéuticos y Odontólogos de la Provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción se reunieron para definir los últimos detalles de las normativas para implementar la Ley Provincial Nº 13859, que permite prescribir medicamentos psicotrópicos y estupefacientes incluidos en la lista III de la Ley 17.818 y lista IV de la Ley 19.303, mediante receta manuscrita fechada y firmada por el profesional odontólogo.
Prescripción psicofármacos lista IV
Las disposiciones consensuadas establecen que para la prescripción de la lista IV el profesional odontólogo debe confeccionar una receta por duplicado, indicando nombre y apellido del paciente, número de documento de identidad, edad, luego el medicamento prescripto (monodroga y nombre comercial sugerido si fuera necesario) con dosis y cantidad, y el diagnóstico. Debe ser firmada, sellada y fechada. En el caso que el paciente tenga un recetario proforma de la obra social, deberá extender un duplicado en recetario propio del profesional para que sea realizada la entrega del medicamento en cualquier Farmacia.
El listado y sus actualizaciones se puede consultar en:
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-19303-20966/normas-modifican
http://www.anmat.gov.ar/webanmat/legislacion/medicamentos/ley19303.pdf
Prescripción psicofármacos lista III
Se inician los trámites ante Dirección Provincial de Farmacia y Dirección Provincial de Odontología, para solicitar acompañen el pedido de impresión ante la Imprenta Oficial Provincial, generando un nuevo formulario oficial, específico para odontología, para prescribir con receta conforme a la Ley 17.818. Se informará cuando estén disponibles en sede del Colegio de Odontólogos los formularios.
También en la reunión se tomó conocimiento de los avances en cuanto a la implementación de sistemas de receta digital, con clave de seguridad token, lo que se continuará informando en cada Colegio, oportunamente.
Colegio de Odontólogos de la provincia de Santa Fe, 2da Circunscripción.