Un fallo judicial de segunda instancia del fuero de la Seguridad Social declaró inconstitucional que las jubilaciones estén alcanzadas por el impuesto a las Ganancias. Los jueces dictaminaron que no es una renta ni una ganancia, sino un ingreso financiado por los aportes hechos por el contribuyente durante su etapa laboral activa.
Según informó el sitio web La Nación, la sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, conformada por los jueces Luis René Herrero y Nora Dorado, resolvió una causa iniciada por el jubilado Leonardo Calderale, a quien le descontaron el impuesto cuando cobró una sentencia de reajuste de haberes.
"Resultaría contradictorio reconocer que los beneficios previsionales están protegidos por la garantía de integridad, proporcionalidad y sustitutividad, que consagra la Ley Suprema, y a la vez tipificarlos como una renta, enriquecimiento, rendimiento o ganancia gravada por el propio Estado que es el máximo responsable de velar por la vigencia y efectividad de esos principios constitucionales", señaló en sus fundamentos el juez Herrero, quien es además presidente de la Cámara.
Entrevistado por los periodistas Ciro Seisas y Hernán Funes (A Diario, Radio 2), el defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, explicó que se trata de un "fallo trascendente hacia el futuro". A su vez, valoró que será un "antecedente jurisprudencial de peso".
Semino agregó que a pesar del fallo judicial los jubilados no podrán solicitar un efecto retroactivo para recuperar lo que el Estado nacional les quitó. "Es una decisión que tiene que ser tomada como antecedente en otras situaciones similares. Tiene efectos a futuro", remarcó.
El gobierno nacional ahora tiene la posibilidad de apelar la sentencia ante la Corte Suprema de Justicia. En ese caso, el máximo tribunal deberá expedirse y convalidar o no la decisión, lo que podría provocar una avalancha de presentaciones en el mismo sentido que incluyan a beneficiarios del programa oficial de Reparación Histórica.