El Ministerio de Transporte de la Nación estableció que los colectivos de larga distancia del país deberán tener cinturones de seguridad en todos los asientos en un plazo de seis meses y su uso en los pasajeros será obligatorio.
La resolución fue publicada en el Boletín Oficial señala que las empresas operadoras deberán verificar que todos los pasajeros dispongan de sus cinturones de seguridad debidamente abrochados durante el viaje, "salvo cuando deban desplazarse al sanitario y/o bar".
Las empresas que cuenten en sus unidades con sistema de televisión deberán incluir un video institucional, que será emitido al inicio de cada viaje, para mencionar las condiciones de seguridad.
"Las empresas operadoras de los Servicios de Transporte por Automotor de Pasajeros de Carácter Interurbano de Jurisdicción Nacional que cuenten en sus unidades con sistema de televisión deberán incluir un video institucional, que será emitido al inicio de cada viaje, en el que se mencionarán las condiciones de seguridad con las que cuenta la unidad, donde se señalará la ubicación y el accionamiento de los matafuegos, las salidas de emergencia, los martillos de seguridad, las válvulas que permiten la liberación de las puertas y el correcto uso de los cinturones de seguridad, entre otros", indica la resolución.
En tanto, aquellas que no tengan cámaras, deberán repartir un folleto con información sobre el uso del cinturón o de lo contrario, manifestar verbalmente dichas instrucciones.
"Aquellas empresas que no cuenten en sus unidades con sistema de televisión (TV) deberán incluir un documento papel (folleto informativo), que será entregado a cada pasajero al momento de ingresar al vehículo. Ante la carencia de dicho documento en formato papel, el chofer y/o acompañante del vehículo deberá informar lo expresado anteriormente de manera verbal", agrega en tal sentido.
Por último, dispone que haya campañas de concientización sobre los beneficios del uso del cinturón.