Este viernes, el Senado nacional sancionó la Ley Olimpia que modifica la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las mujeres, con el fin de incorporar la figura de la violencia digital y sanciona la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo. Argentina se convirtió en el segundo país del mundo en reconocer que lo que ocurre en la virtualidad es real.
Al proyecto lo impulsó el colectivo denominado Campaña contra la Violencia Digital conformado por militantes de derechos humanos, periodistas y víctimas que juntaron firmas y realizaron distintas manifestaciones en reclamo de una ley que incluya la difusión de contenido sexual no autorizado como un tipo de violencia.
Finalmente, con 52 votos afirmativos, la modificación a la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, incorporando la Violencia Digital es un hecho en Argentina.
Con 52 votos afirmativos queda aprobada, por unanimidad, la modificación a la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, incorporando la Violencia Digital #LeyOlimpia
— Senado Argentina (@SenadoArgentina) September 29, 2023
Vale aclarar que se entiende por violencia digital "toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal", según detalla el texto que logró la unanimidad de senadores.
�� Podés descargar el proyecto de ley que modifica la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar al Violencia contra las Mujeres, incorporando la Violencia Digital a través de este link ➡️ https://t.co/zFJFs2qJcm
— Senado Argentina (@SenadoArgentina) September 29, 2023
Además, establece la implementación de "un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito y accesible, en forma articulada con las provincias, a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinado a dar contención, información y asesoramiento sobre recursos en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen, incluida la modalidad de violencia contra las mujeres en el espacio público" (acoso callejero).
Asimismo, plantea la obligación de promover programas de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y de identificación de las violencias digitales en las clases de educación sexual integral como en el resto de los contenidos educativo y en la formación docente.