El ministro Luis Caputo en el día de ayer, en su cuenta de la red social "X", anticipó que los municipios ya no podrán incluir impuestos y tasas en las facturas. Y hoy, miércoles 11 de septiembre, se publicó la medida en el Boletín Oficial con algunos detalles extras. La Resolución 267/2024 afirmó que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio.
Importante! ��
— totocaputo (@LuisCaputoAR) September 10, 2024
LOS MUNICIPIOS YA NO PODRÁN INCLUIR IMPUESTOS Y TASAS EN LAS FACTURAS DE SERVICIOS.
Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y… pic.twitter.com/jyld9jSCkE
La normativa también indica que el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y normas reglamentarias. Asimismo, se informa que la medida entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y tiene un plazo de adecuación de treinta días.
"De esta manera, se evitará la inclusión de cargos que no corresponden a un servicio y que vulneren la libertad de elección de los consumidores forzándolos a pagar montos adicionales al momento de abonar las tarifas", indicó el texto.
"Estas prácticas, que se han tornado sistemáticas en municipios de la provincia de Buenos Aires y en distintas localidades y provincias del país, constituyen un incumplimiento a la Ley de Defensa del Consumidor, la cual establece que las empresas proveedoras están obligadas a proporcionar al consumidor de forma cierta, clara y detallada las condiciones de contratación del servicio", se justificó.
Por último, la Secretaría de Comercio señaló que con esta medida, "el Gobierno impedirá que se cobren conceptos ajenos a lo contratado por el consumidor dentro de la documentación comercial emitida por el suministro de bienes y servicios. Esta práctica representaba no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino que implicaba también una clara violación a la libertad de elección del consumidor".
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