Modifican el régimen de emisión electrónica de liquidaciones primarias de granos

La medida de AFIP elimina el deber de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio

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Como parte de las medidas tomadas por el Gobierno nacional para impulsar el comercio y la producción mediante la simplificación de trámites y la reducción de la carga administrativa de los contribuyentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) para determinados operadores de granos.

Por medio de la Resolución General 5558/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo conducido por Florencia Misrahi dio de baja la obligación de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio

Esta actualización facilita la integración y el acceso a los sistemas de información, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión de las liquidaciones.

En cuanto a la fiscalización, el organismo mantendrá sus facultades de verificación y fiscalización para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes. La permanencia de estos contribuyentes en el  régimen estará condicionada a la conservación de sus respectivas categorías como operadores en la cadena de comercialización de granos.

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