El Concejo Municipal aprobó el jueves una ordenanza que prohíbe la exhibición de productos ultraprocesados –todos los que tienen en su envase alguno de los octógonos de la ley de etiquetado frontal– en un radio de tres metros de la zona de cajas de los supermercados de Rosario, con el objetivo de darle lugar a alimentos más saludables en los sectores donde los clientes suelen hacer fila para pagar en los comercios y evitar que los consumidores se tienten, por ejemplo, con golosinas, chocolates, alfajores y snacks.

El proyecto establece la prohibición de la exhibición, oferta, publicidad y/o promoción de productos que contengan en su envase los sellos de “Exceso en azúcares”, “Exceso en grasas saturadas” y “Exceso en sodio”, conforme a la ley nacional de etiquetado frontal 27.642, así como alimentos ultraprocesados de producción local, nacional o importada que no estén contemplados por dicha ley y/o que no exhiban estos sellos en su envase.

“Esos productos, en ese rango de cercanía, serán reemplazados por alimentos saludables como frutas, frutos secos, alimentos para celíacos y sin azúcares agregados”, explicó la edila Julia Irigoitia, del bloque Justicialista y una de las autoras del proyecto.

La prohibición está prevista dentro de un radio de tres metros de la caja registradora o cualquier otra área de cobro, frente a las cuales los clientes esperan en fila para pagar los productos seleccionados, en autoservicios, supermercados y negocios minoristas en cadena.

Los octógonos negros advierten por el exceso en los productos de grasas saturadas, azúcares o sodio.

La medida regirá sobre los establecimientos de grandes superficies encuadrados en la ordenanza 7.790/2004 y se considerarán ultraprocesados “a los alimentos y bebidas que se producen combinando ingredientes procesados con cantidades frecuentemente pequeñas de alimentos sin procesar o mínimamente procesados a los que se les agrega ingredientes industriales con alto contenido de grasas, azúcares y/o sal, así como aditivos alimentarios”.

Como expresa la mencionada ley nacional, son productos que no deberían formar parte de la alimentación diaria ya que su consumo en exceso puede dañar la salud, aumentando el riesgo que aparezcan condiciones de salud como la diabetes, hipertensión, enfermedad cardiovascular y cerebrovascular, entre otras, argumentaron los ediles impulsores del proyecto. 

La ordenanza es autoría de las concejalas Marisol Bracco (Volver a Rosario) y Julia Eva Irigoitia (bloque Justicialista).

Irigoitia expresó que el objetivo es promover el consumo de alimentos más saludables, a través de prácticas y consumos de alimentación sana. “De allí, la prohibición de exhibir, en torno a las líneas de caja o de cobro, alimentos que no son los más propicios para la salud. Esta ordenanza tiene por objetivo principal, promover prácticas y consumos que cuiden la salud, sobre todo de niños y niñas”, dijo. 

El Ejecutivo designará a la autoridad de aplicación de la presente ordenanza, la que tendrá a su cargo la difusión entre los establecimientos, realizando periódicamente campañas que promuevan el hábito de la alimentación saludable, poniendo especial énfasis en niños, niñas y adolescentes.

En dichas campañas, se hará expresa mención a esta ordenanza y se invitará a las y los consumidores a adquirir productos en aquellos establecimientos que cumplan con las sugerencias establecidas.

Desde hace unos años rige en Argentina la ley 27.642 de etiquetado frontal, que propone brindar a los usuarios información sobre el contenido de los alimentos, mediante los polígonos negros que aparecen en los envases, sobre azúcares, grasas saturadas y esto afecta en la salud, y el motivo de esa ley tuvo que ver en avanzar en hábitos más saludables.