Google no tiene más opciones: deberá indemnizar a una abogada rosarina que fue agraviada en un blog en medio de una disputa por el control del Sindicato de Empleados de Comercio (AEC). La resolución favorece a Susana Treviño y quedó firme luego de la que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara un recurso extraodinario planteado por a firma, que deberá desembolsar 150 mil pesos más intereses.

La acción, llevada adelante por el abogado Hernán Martínez por parte de la víctima fue daños y perjuicios.

Según informó el periodista Hernán Funes en el programa Telenoche (El Tres), Treviño es sobrina de Rubén Ghioldi, ex secretario general de la AEC y fue coordinadora del área jurídica durante su gestión, hace más de una década.

En ese contexto, en un blog anónimo pero con soporte de Google, la agraviaron con expresiones como “psicótica”, “corrupta”, “rata” y “ladrona” hasta una foto trucada que la mostraba tras las rejas (presa).

Cuando en 2018 la Sala A de la Cámara Federal de Rosario revocó una resolución del Juzgado Federal N°1 y le dio la razón al planteo que realizó la damnificada, su patrocinante había remarcado que "la responsabilidad de Google surge por haber dado el soporte web para la realización de dichas injurias, independientemente de que la búsqueda en el motor de búsqueda haya arrojado el blog injuriante y que el reproche consiste en ser dueña de dicho blog".

También, que el daño fue "evidente, innecesario y excedió la mera información de una cuestión que difícilmente pueda considerarse pública. Que expresiones como psicótica, corrupta, rata o ladrona, que ilustran el blog en cuestión, exceden la libertad de expresión y el derecho a la información".

Asimismo, expresó que en el caso se trató de "una cuestión política, tendiente a tomar la conducción del sindicato más numeroso de la ciudad, al punto que apenas se despidió a la actora, las publicaciones en internet cesaron por completo. Que dicha publicidad fue el fruto de una puja partidaria en la Asociación de Empleados de Comercio y que de legitimarse el criterio de la sentencia, cualquier persona con cierto grado de exposición (jueces, fiscales, políticos) quedaría sujeta a idéntica situación sin mayores repercusiones desde la responsabilidad civil".

Los jueces Lorenzo Barbará, Jorge Gallino y Elida Vidl entendieron, entre otros argumentos, que Google "ha ocupado en los hechos del caso la posición del editor" por lo que "sí contaba con la posibilidad de ejercer un control razonable sobre el contenido de aquello que los creadores de los blogs cargaran en éstos, sólo que –aparentemente- habría renunciado a ejercer esa facultad, por razones que se ignoran, pero que no encuentran sustento en normativa prohibitiva alguna, los burdos insultos y agresiones que constan, ostentan virtualidad más que suficiente como para ser tenidos por generadores de daño moral".

Así, hicieron lugar la demanda y condenaron a Google, que recurrió a la Corte de la Nación con un recurso, rechazado ahora por sus ministros.