Este lunes el gobierno nacional modificó el artículo del mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que cambia el régimen de prescripciones médicas y habilita ahora a los profesionales a sugerir incluso alguna marca comercial y a locales además de farmacias a vender analgésicos y antiácidos. Desde el Colegio de Farmacéuticos santafesino aclararon que en la provincia esto no se aplica y que sigue vigente la ley provincial 2.287.

“A partir del DNU de diciembre se le permitía a los médicos prescribir exclusivamente las monodrogas que componen los medicamentos, a partir de esa variación que se publicó y se aplica a partir de hoy (por este lunes) a eso se le puede sumar la marca comercial. Después si el paciente no lo puede comprar por el precio, con el farmaceutico definen cuál otra presentación comercial pueden adquirir siempre que sea un valor menor a eso”, explicó en contacto con Radio 2 y El Tres y aclaró que “nuestra provincia no adhiere a esta reglamentación”. Sobre las recetas digitales, dijo que actualmente, conviven ambos sistemas, papel y electrónica.

Jurado destacó que las modificaciones achicaron el universo de drogas habilitadas para la venta fuera de farmacias, pero insistió en que ningún medicamento debería ofrecerse ni adquirirse sin el asesoramiento farmacéutico profesional.

“Eso no lo apoyamos porque no exige la presencia del farmacéutico, al no hacerlo deja en el desamparo de la poblacion el hecho de poder tomar decisiones sobre cómo o qué tomar ante una patología que podemos ayudar nosotros con nuestro arsenal terapéutico”, observó.

Ley 2.287

 

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