El Gobierno suma otra alternativa de inversión para el blanqueo: ¿cuál es?

Con el objetivo de darle mayor impulso al blanqueo, el Gobierno estableció una nueva inversión que se podrá realizar con los fondos blanqueados

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A través de la Resolución 914/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía agregó un nuevo destino que podrán tener los fondos del blanqueo. Se trata de los bienes muebles, destinados a inversiones productivas y estará disponible en esta fase 1 que finaliza el 30 de septiembre inclusive.

Según expresó el documento, los fondos que se regularicen hasta la fecha prevista para la manifestación de adhesión de la Etapa 1 del Régimen, podrán "afectarse a destinos que tengan como objeto incentivar y/o promover la inversión productiva. Resulta necesario establecer que esos fondos puedan utilizarse para adquirir bienes muebles con destino a la inversión productiva en el país incluidos en el listado que establezca la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, mediante transferencias hacia cuentas especiales de regularización de activos o hacia otras cuentas".

En ese sentido, se autoriza que el sujeto que regularice pueda optar¿ por transferir el dinero utilizando una tarjeta de débito u otro medio de pago electrónico, aunque el sujeto deberá declarar ante la entidad en la que se llevará a cabo ese movimiento, con carácter de declaración jurada, que el dinero será utilizado para dicha operatoria.

¿En qué se puede invertir?

* títulos públicos: emitidos por Estado nacional, provinciales, municipales y/o CABA

* certificados de participación: fideicomisos para inversión productiva, inmobiliaria, infraestructura y financiamiento pymes

* cuotapartes de fondos comunes de inversión abiertos y cerrados

* acciones colocadas por oferta pública

* obligaciones negociables

* cheques de pago diferidos

* pagarés bursátiles

* títulos públicos/valores en fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.

* operaciones onerosas: proyectos inmobiliarios iniciados a partir del 8 de julio de 2024 o que, a dicha fecha, tengan un grado de avance inferior al 50%

* vehículos que cumplan con las condiciones propuestas por la resolución.

* contratos de locación de obra o símil naturaleza.

* bienes muebles destinados a inversiones productivas.

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