Un fallo judicial por violencia económica, en el cual se ordena a un hombre de la localidad de Álvarez a abonar a su ex 80 mil pesos por haberle ocultado los bienes, fue apelado por esta persona, que considera que la decisión de la jueza Valeria Vittori –del Tribunal Colegiado de Familia de la 7a. Nominación de Rosario– “adolece de serias violaciones al principio de congruencia, incurre en manifiestas contradicciones y por la falta de debida valoración de la prueba aportada”. La información publicada en su momento en Rosario3.com generó un pedido de derecho a réplica del hombre, que considera que como el fallo no está firme “no puede afirmarse la existencia de violencia económica, ni ocultamiento de bienes”.
Además, en el derecho a réplica se señala que en la noticia original “la denuncia por violencia familiar o de género realizada” por la ex mujer de este hombre de Álvarez “fue desestimada en sede penal, según las constancias obrantes ante la Fiscalía Penal actuante, por lo que no estamos en presencia de una víctima de dicho delito”.
En el escrito enviado a Rosario3.com, se menciona que “en los considerandos del fallo apelado, se hace alusión al «ocultamiento del patrimonio real respecto al cereal acopiado» en AFA y la Cooperativa Agropecuaria de Álvarez –no en silos clandestinos–, cuando en verdad dichos granos no le corresponden” a la mujer “ni son gananciales, por haber sido recogidos muy posteriormente al divorcio vincular de los cónyuges (ocurrido en 2016), y la misma jueza sostuvo –en manifiesta contradicción según el apelante– que «aún no se encuentra determinada la titularidad de los mismos». Considera entonces C.M. y su apoderada, Mónica Sticconi, que “mal pueden ocultarse bienes que no son gananciales y por tanto no se encuentra configurada la violencia económica”.
“La administración y disposición de los bienes gananciales, que se afirmó en el fallo, se encuentran exclusivamente en manos del ex esposo, en realidad –y según constatación del Sr. Juez Comunitario de Pequeñas Causas de Álvarez rendida en el expediente– se hallan en manos también de la ex esposa desde la separación. La ex esposa posee, usa y goza de automotores y de hecho se sospecha la venta de motovehículos y bienes muebles gananciales en fraude a la comunidad de ganancias”, dice el texto enviado como pedido de derecho a réplica a Rosario3.com.
Además, señala que “resulta ser falsa la afirmación de que Cristian M. no abonó nunca alimentos para sus hijas y ex cónyuge, ya que desde la separación y hasta la actualidad abona cuota alimentaria para sus hijas mayores de edad y aportó alimentos a su ex cónyuge hasta «noviembre/2016», según Fallo Nº 165 de febrero/2017 dictado por la misma jueza Víttori que ordenó su cese. En definitiva colaboró económicamente por tres años desde la separación, según constancias bancarias y de los expedientes”.
Por último, Cristian M. sostuvo que acreditó “mediante prueba documental en los expedientes, que su ex cónyuge trabajó libremente durante el matrimonio, desempeñando su labor de docente, explotando un jardín maternal propio, y otras actividades comerciales, por lo que resulta desajustado a la prueba obrante en las actuaciones lo afirmado en el fallo cuestionado respecto al estereotipo de mujer y del ejercicio de posición dominante como sostiene la sentenciante”.