La Administración Provincial de Impuestos (API) informó que los vencimientos de los tributos previstos para el mes de mayo de 2020, serán considerados presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a los mismos.
La medida fue adoptada en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del covid-19, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Se trata de una nueva prórroga respecto de la anunciada el 30 de abril pasado.
Los conceptos tributarios previstos para mayo de 2020 y prorrogados son los correspondientes a:
Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de mayo.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General, cuarto anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $10.000.
Impuesto Inmobiliario Rural – 3° cuota.
Aporte al Instituto Becario, quincena 8/2020.
Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU bancaria para su pago.
En relación a los vencimientos previstos originalmente en los meses de marzo y abril/2020, oportunamente prorrogados, se dispone que se considerarán presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a su último vencimiento reprogramado, los conceptos tributarios que seguidamente se detallan:
Impuesto Inmobiliario Urbano, segunda cuota, cuando su importe sea de hasta $ 673
Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General, segundo y tercer anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dichos anticipos sea inferior a $10.000.
Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de marzo y abril/2020.
Aporte al Instituto Becario, quincenas 05 y 06 /2020.
Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU y las mismas hubieren vencido durante en el mes de abril de 2020.
Nuevas fechas de vencimiento
Impuesto Inmobiliario Rural, tercera cuota: dígito de control de Partida 0 – 1, el 16/06/2020; dígito de control de Partida 2 – 3, el 17/06/2020; dígito de control de Partida 4 – 5, el 18/06/2020; dígito de control de Partida 6 – 7, el 19/06/2020; dígito de control de Partida 8 – 9, el 22/06/2020.
Impuesto Inmobiliario Urbano, segunda cuota, cuando el importe de ésta sea de hasta $ 673: dígito de control de Partida 0 – 1, el 22/06/2020; dígito de control de Partida 2 – 3, el 23/06/2020; dígito de control de Partida 4 – 5, el 24/06/2020; dígito de control de Partida 6 – 7, el 25/06/2020; dígito de control de Partida 8 – 9, el 26/06/2020.
Impuesto sobre los ingresos
Régimen General
Segundo, Tercer y Cuarto anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $ 10.000
Los vencimientos para dichos anticipos del año 2020 serán, según la terminación del número de CUIT (dígito verificador), los siguientes: CUIT terminado en 0 a 2, el 16/06/2020; CUIT terminado en 3 a 5, el 17/06/2020; CUIT terminado en 6 a 7, el 18/06/2020; CUIT terminado en 8 a 9, el 19/06/2020.
Régimen Simplificado
Vencimientos de los períodos febrero, marzo y abril 2020 serán: CUIT terminado en 0 a 2, el 16/06/2020; CUIT terminado en 3 a 5, el 17/06/2020; CUIT terminado en 6 a 7, el 18/06/2020; CUIT terminado en 8 a 9, el 19/06/2020.
Aportes al Instituto Becario
Se considerará ingresados en término los pagos de la quincena 5/2020 (período desde el 01/03/2020 hasta el 15/03/2020), 6/2020 (período desde el 16/03/2020 hasta el 31/03/2020) y 7/2020 (período desde el 01/04/2020 hasta el 15/04/2020) de Aportes al Instituto Becario – ley 8067, cuando los mismos se efectúen hasta el 10 de junio de 2020.
Planes de pago formalizados hasta el 30 de abril de 2020 – Pago de cuotas
Las cuotas con vencimientos 13/04/2020 y 11/05/2020, que no deban ser canceladas con débito en cuenta bancaria a través de la CBU, cuando se efectúen hasta el 10 de junio de 2020.
Finalmente, desde la API recuerdan a los contribuyentes utilizar los medios de pago electrónicos habilitados, como así también obtener un turno online para su atención personalizada.
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