En el Boletín Oficial de este viernes, el gobierno nacional oficializó el permiso para que cada provincia determine la fecha en la que las universidades e institutos universitarios puedan retomar las clases presenciales. Será bajo estrictos protocolos sanitarios y con la posibilidad de retroceder en el caso de que la situación epidemiológica lo requiera.
"Establécese que en el marco del protocolo marco y lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales en las universidades e institutos universitarios, aprobado por la Resolución del Ministerio de Educación 1084 del 8 de agosto de 2020, este revisará y prestará conformidad a los planes jurisdiccionales para el retorno de las actividades", señala la decisión administrativa que lleva la firma del ministro de Salud, Gines González García.
Con respecto a los protocolos, desde el gobierno nacional establecieron que serán las provincias las encargadas de elaborarlos, siempre cumpliendo con los requerimientos básicos de distanciamiento e higienización y con la posibilidad de que las clases presenciales sean con turnos. Una vez creados estos protocolos, deberán ser elevados a la cartera sanitaria que determinará si lo aprueba o no.
De acuerdo a la publicación, tanto los estudiantes, como el personal directivo, docente y no docente, quedarán exceptuados de la prohibición del uso del transporte público de pasajeros, tanto urbano como interurbano e interjurisdiccional, siempre y cuando lo utilicen para ir hacia la sede universitaria.