Este viernes se produjeron nuevos avances en la Justicia contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei. Por un lado, el juez Enrique Lavié Pico aceptó la presentación de unos 500 intendentes en oposición el decreto. Por otro, la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt) presentó un amparo mediante el cual solicita que se declare su inconstitucionalidad. Al mismo tiempo, esta tarde el Gobierno ingresó el texto al Senado para su tratamiento.
La Federación Argentina de Municipios (FAM) informó este viernes que el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal n°6 dio curso al recurso de amparo presentado por 500 intendentes contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación económica presentado por el presidente Javier Milei.
Según precisó la FAM en un comunicado, el juez Enrique Lavié Pico dio curso a la acción presentada el martes 2 de enero, primer día hábil del año.
En el recurso, que lleva la firma del presidente de la FAM e intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, se pidió que se deje sin efecto el DNU 70/2023 "hasta tanto se dicte sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada".
A la vez, solicitó "que se ordene, como medida urgente de protección cautelar, la inmediata suspensión de los efectos del decreto hasta tanto las Cámaras del Congreso de la Nación se expidan por la aceptación o rechazo del Decreto 70/23".
"Desde la Federación Argentina de Municipios hemos decidido trabajar para ponerle un freno al accionar inconstitucional que impulsa el Gobierno nacional de Javier Milei. Por eso, 500 intendentas e intendentes de todo el país presentamos este recurso de amparo ante la Justicia para frenar el DNU que avasalla los derechos de las argentinas y argentinos", explicó Espinoza en un comunicado.
Agencias de viaje, a la Justicia
La Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt), que representa a todas las agencias de viajes argentinas, presentó un amparo mediante el cual solicita que la justicia declare la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 en el punto en el cual pretende derogar el régimen general de los agentes de viajes (Ley 18.829).
“Es fundamental resaltar que la derogación del régimen de agentes de viajes impacta directamente sobre los derechos adquiridos por las empresas de viajes y turismo que, cumpliendo con esta ley, brindan seguridad a los pasajeros y estabilidad al sector", dijo el presidente de esa entidad, Andrés Deyá, a través de un comunicado.
Y, apuntó que "la desaparición de esta norma, tal y como plantea el DNU, promovería una competencia absolutamente desleal con personas que no son profesionales de la actividad turística y que no tendrán ningún control para cumplir correctamente con su labor ni brindar ningún tipo de garantía a los pasajeros”.
Deyá remarcó que “la oferta de servicios turísticos sin control alguno habilita la intermediación sin cumplir con pautas mínimas de legalidad y responsabilidad frente a los usuarios y consumidores que quedan expuestos a cualquier tipo de estafa y abuso por parte de sujetos que obtienen beneficio lucrativo operando en la informalidad”.
Asimismo, la Faevyt adelantó que trabajan en la consolidación de su sello de calidad así como en otras herramientas que le darán aún más solidez y seguridad a las empresas de viajes y a los pasajeros.
“Somos uno de los sectores más amplios, diversos y competitivos de la Argentina. Hay más de 5.000 agencias registradas en todo el país, son cientos de miles de puestos de trabajo que se ponen en riesgo frente a una competencia desleal que tendrá también consecuencias directas sobre los usuarios, por eso avanzamos con este amparo solicitando que esta medida se declare inconstitucional”, destacó el comunicado.