El gobierno provincial anunció las nuevas medidas para actividades comerciales para los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López.
Regirán desde este sábado 19 por 7 días.
No podrán realizarse, las siguientes actividades:
-Actividades comerciales de shoppings, peatonales y galerías.
-Locales gastronómicos. Bares, restaurantes, rotiserías, heladerías.
-Comercios mayoristas y minoristas de rubros no esenciales de más de 100 m2.
-Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de más de 10 personas.
-Servicios de personal doméstico.
-Actividades comerciales de shoppings, peatonales y galerías.
-Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; actividad inmobiliaria y mudanzas
-Obras privadas que ocupen más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas.
-Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas
-Práctica de actividades deportivas y físicas en instalaciones cerradas como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre
-Pesca deportiva y recreativa
-Modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos
-Museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.
-Enseñanza disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.
-Actividad artística y artesanal cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
-Caminatas recreativas para personas incluidas en grupos de riesgo.
-Salas de grabación y ensayo . Preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.
Podrán realizarse
-Servicio de peluquería, manicuría, cosmetología y podología con turno previo y un máximo de ocupación del 50%.
-Venta de mercaderías elaboradas de rubros esenciales y no esenciales a través de plataformas de comercio electrónico y venta telefónica mediante la modalidad entrega a domicilio (delivery).
-Actividad notarial necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con la intervención de las personas indispensables y evitando reuniones.
-Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad y niños, niñas y adolescentes.
-Práctica deportiva de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con la autorización nacional.
-Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de hasta 10 personas.
-Comercios de proximidad o cercanía de rubros esenciales y no esenciales, de manera presencial o modalidad para llevar (take away) hasta las 19.30
-Salidas breves para caminatas de esparcimiento
Bajo la siguiente modalidad:
Uso obligatorio de elementos de protección de nariz, boca y mentón
Sin exceder el radio de 500 metros del domicilio de residencia
Sin extenderse más allá de las 19.30
-Locales gastronómicos
Bajo la siguiente modalidad:
Exclusivamente para envíos a domicilio (Delivery) las 24 hs. y servicio para llevar (Take away) hasta las 22 hs
-Administración Central y organismos dependientes del Estado Provincial, con prestación presencial limitada a áreas críticas a funciones indispensables.