Modificar cerca de 50 artículos, sumar otros, incorporar nuevos derechos, crear institutos. También, claro, si el actual gobernador Maximiliano Pullaro podrá ser reelecto por un solo período más consecutivo al actual, cómo sí se habilitará a los siguientes. Todo eso deberá definir la Convención Constituyente, según el texto de de necesidad que la reforma que este jueves a la noche se aprestaba a votar la Cámara de Diputados. Este viernes del Senado convertirá el proyecto en ley. 

La reforma será amplia, abarcará temas conflictivos que, si así lo decide la Convención, pueden llegar a cambiar los esquemas de poder en la provincia. De ninguna manera se trata de algo light, cuyo análisis pueda agotarse en si el gobernador puede ser reelecto o no. No solo se habilitan muchos temas. En algunos casos, la redacción es tan laxa que queda abierta a posibildades inciertas. Por ejemplo, en los artículos en los que postula "revisar las facultades de la Legislatura", "revisar las facultades del Poder Ejecutivo", "revisar el procedimiento de sanción de leyes".

Entre los cambios en la estructura de los poderes, se propone la incorporación de un ministro con competencia para articular con el Legislativo y la Justicia, que deberá contar con acuerdo legislativo y podrá ser removido por el gobernador. La figura de jefe de Gabinete con acuerdo parlamentario que proponía el socialismo.    

 El nuevo texto constitucional, de acuerdo a ese borrador, terminará con la determinación de que Santa Fe es una provincia católica. En su artículo 3 la ley establece que "se elimina la confesionalidad del Estado" y se reafirma la colaboración "con todos los cultos".

Acorde con los tiempos del déficit cero, establecerá “en materia impositiva los principios de legalidad, generalidad, progresividad, no confiscatoriedad y equidad”, incluyendo “el criterio de responsabilidad fiscal, con énfasis en la sustentabilidad y la transparencia”.

Declarará “intransferible” la Caja de Jubilaciones de la provincia y también inamovible el régimen público de reparto para los pasivos del Estado.

Otra política que impulsa este gobierno en su embate contra la Corte Suprema tendrá rango constitucional: los jueces deberán jubilarse a los 75 años.

El texto establecerá también que el Estado santafesino debe garantizar la educación gratuita hasta el nivel secundario inclusive. 

Además, amplía "los alcances del derecho a la libertad de expresión" y garantiza "el secreto de las fuentes información periodística". También incorpora el derecho de acceso a la información pública. 

Todas esas cuestiones ya quedarían dispuestas por la propia ley que declara la necesidad de la reforma.

Temas abiertos

Entre las cosas que quedan para que defina y redacte la Convención Constituyente, están las siguientes:

-Si se habilita el voto desde los 16 años.

-Establecer los alcances de una especie de “ficha limpia” que la ley definiría del siguiente modo: ”Fijar como condición para tener acceso a los cargos electivos no haber sido condenado por los delitos y en las condiciones que defina la ley”.

-”Disponer que la Cámara de Diputados se compone de cincuenta miembros elegidos directamente por el pueblo, mediante sistema de representación proporcional, constituyendo la provincia un distrito único”. Es decir, que se termina la mayoría automática de 28 diputados que le corresponden actualmente a la lista ganadora. 

-Un tema espinoso que se abre pero queda para la Convención es el límite a las reelecciones de diputados y senadores. En principio, se manejaba que sean solo dos mandatos consecutivos, pero la falta de acuerdo hizo que se pateara la cuestión para que lo definan los constituyentes.

-En cuanto a la reelección del gobernador y vice se acordó que se habilite una reelección. Lo que deberá decidir la Convención es si se habilita o no a Pullaro y a Gisela Scaglia.

-Otro tema espinoso cuya discusión habilitaría la ley es la quita de fueros a los legisladores. Quedaría para la Convención establecer los alcances.

-El proyecto incorpora “la iniciativa popular a los efectos de la presentación de proyectos de ley”. 

-Define además que, tal como lo establece la ley de reforma judicial que se sancionó semanas atrás, “la Corte Suprema se compone en siete miembros procurando la paridad de género y la representación regional de procedencia diversa”.

-Para el nombramiento de jueces, fiscales y defensores oficiales, se sostiene el procedimiento de que los propone el Ejecutivo y deben contar con acuerdo de la Asamblea Legislativa, pero a la vez se encomienda a la Convención que establezca “la conformación de un Consejo de la Magistratura Ad-Hoc que posea una integración con representantes del ámbito judicial, profesional, académico y político”. Ese organismo es el que debe definir las ternas para que el gobernador escoja a sus candidatos. 

-Otra cuestión delicada: la Convención Constituyente deberá “revisar el procedimiento de remoción de los magistrados, previendo que sean enjuiciables, en la forma en que establezca una ley especial, ante un Tribunal de Enjuiciamiento en partes iguales por representantes de ambas Cámaras del Poder Legislativo, del Poder Ejecutivo, de los magistrados, del ámbito académico y de los colegios profesionales de la abogacía”. Es decir, la cuestión ya no será potestad de los legisladores 

-Los convencionales deberán definir los alcances de la autonomía municipal “en el orden político, administrativo, económico, financiero e institucional”, además de establecer “los mandatos de las autoridades municipales, propendiendo a su unificación y a la elección conjunta con las provinciales”. La ley deja en claro que no se pueden transferir competencias, servicios y funciones sin la correspondiente transferencia de recursos. Además, en los municipios que quedan facultados para dictar su propia Carta Orgánica, entre los que se encuentra Rosario, las Intendencias deberán convocar a los cuerpos legislativos locales para que se conviertan en estatuyentes y lo hagan una vez que esté sancionada la reforma. 

Nuevos artículos

 

En cuanto a la incorporación de nuevos artículos, se habilitaría, entre otros, para los siguientes temas:

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SEMIDIRECTA: se podrá incorporar al texto constitucional de un nuevo artículo referido a la consulta popular y uno a la iniciativa popular como mecanismos de participación semidirecta. También se suman revocatoria de mandatos y las audiencias públicas.

SEGURIDAD PÚBLICA: se incorporaría una declaración de la seguridad pública como “un derecho fundamental y una responsabilidad primaria del Estado, con enfoque en la prevención, la reinserción social y el respeto a los derechos humanos”.

DERECHOS DIGITALES: se podrán incorporar principios en materia de derechos y deberes digitales, ciudadanía digital y gobierno abierto.

SERVICIOS PÚBLICOS: se intentará consagrar el principio de eficiencia en la prestación de servicios públicos de competencia provincial y local.

CIENCIA E INNOVACIÓN: Se sumarán principios en materia de promoción de la ciencia, la investigación y la innovación.

PROTECCIÓN DEL AMBIENTE: se buscará consagrar el derecho a un ambiente sano.

CONSUMIDORES Y USUARIOS: Se habilitaría la discusión en el sentido de incorporar un nuevo artículo que reconozca los derechos de consumidores y usuarios.

MEDIDAS DE ACCIÓN POSITIVA: Se habilitaría la discusión en el sentido de incorporar nuevos artículos que dispongan la adopción de medidas de acción positiva que garanticen los derechos de las mujeres y disidencias, de las personas con discapacidad; de las personas mayores; de niños, niñas y adolescentes; de los pueblos originarios; de las juventudes, entre otros.

MINISTERIO PÚBLICO: Se podrá debatir si el Ministerio Público se convierte en un órgano extrapoder independiente de otros poderes, con autonomía funcional y autarquía financiera.

DEFENSORÍA DEL PUEBLO: También la defensoría del Pueblo se podrá convertir en un organismo con rango constitucional, con autonomía funcional y autarquía financiera 

CLÁUSULA DEMOCRATICA Y REPUBLICANA: El texto propone garantizar la defensa del orden constitucional, el respeto al principio republicano de división de poderes y preservación del Estado de derecho como pilares fundamentales del sistema democrático. En ese marco, menciona limitarlas facultades del Poder Ejecutivo para el dictado de decretos de necesidad y urgencia.

Lo que no se toca

 

El texto del dictamen que intentaban cerrar este jueves al mediodía deja en claro que “la Convención Reformadora se reunirá con el único objeto de considerar las reformas al texto constitucional incluidas en los artículos mencionados y en los temas que también están habilitados por esta ley para su debate”, con lo cual se cierra la puerta a que se discutan cuestiones que quedaron descartadas como ir a un sistema legislativo unicameral. En la negociación, los senadores blindaron la continuidad de la Cámara alta.