El gobierno nacional restringió las comunicaciones de los condenados jefe narco Esteban Lindor Alvarado y Claudio Javier “Morocho” Mansilla, quienes actualmente se encuentran alojados en el penal federal de Ezeiza. La decisión, publicada en el Boletín Oficial de este martes, deja asentado que por el plazo de 30 días únicamente pueden usar el teléfono fijo del pabellón para llamar a la línea telefónica de su defensor público o particular, cuyos nombres deben estar acreditados en los expedientes judiciales.
La medida, que lleva la firma de la ministra de Seguridad patricia Bullrich, contempla que después de los 30 días de aplicación se realice una consulta ante la fiscal general María Cecilia Vranicich para resolver si se prorroga por más tiempo.
De acuerdo a los considerandos del texto publicado en el Boletín Oficial, Alvarado y Mansilla están bajo investigación por su posible participación en la instigación de algunos de los crímenes y atentados “narcoterroristas” ocurridos el mes pasado, luego de que en la audiencia imputativa, el cuerpo de los fiscales a cargo de las causas, indicaran que uno de los gatilleros recibió una videollamada desde el penal de Ezeiza para cometer el homicidio del playero Bruno Bussanich.
Si bien fueron mencionados durante la audiencia por los crímenes y atentados, desde el Ministerio Público de la Acusación señalaron que por el momento no hay indicios o evidencia que permita imputarlos por la presunta planificación de algunos de los ataques.
Condiciones más duras para presos federales de alto perfil
En otra resolución, también publicada en el Boletín, el gobierno impuso cambios en las comunicaciones con los teléfonos fijos de los pabellones –son unidireccionales, solo admite llamadas salientes– para los reclusos alojados en cárceles federales.
Según establece el texto, el teléfono tendrá que estar ubicado fuera del sector de alojamiento del interno. Aquellos presos incorporados al sistema de alto perfil podrán comunicarse telefónicamente a través de las líneas autorizadas judicialmente una vez por semana, en un día y horario fijo y determinado de manera previa.
En cada turno semanal, los internos dispondrán de un período “máximo y total de 20 minutos para realizar comunicaciones telefónicas a través de las líneas autorizadas en forma previa”.
De todos modos, el personal penitenciario de custodia será quien discará los números de las llamadas y comprobará si el receptor –previamente identificado– está dispuesto a recibir el llamado. Esta situación no correrá para las comunicaciones con sus abogados defensores.