Este jueves, tras un procedimiento abreviado, se conoció, vía teleconferencia, la condena a dos personas, por vender permisos truchos para circular durante la cuarentena.
La sentencia del juez de Primera Instancia Ismael Manfrín recayó sobre Hernán Darío Méndez de 48 años (pena de 3 años de prisión) y Germán Ariel Tissandie de 44 años (pena de 2 años y 6 meses de prisión) por los delitos de violación a las medidas adoptadas para evitar la propagación de una epidemia, falsificación de instrumento público, tentativa de estafa (un hecho) y estafa (dos hechos) en calidad de coautores.
Los delincuentes habían sido detenidos el 18 de abril pasado por vender certificados apócrifos para desplazarse en vía pública durante la cuarentena.
Se les atribuyó a ambos haber confeccionado certificados de permiso para circular con sus respectivos códigos QR, simulando ser los expedidos por el Gobierno Nacional que otorga en virtud del Decreto de Necesidad N°297/20, ofreciendo los mismos por la red social Facebook, desde un usuario falso permitiendo así que las personas obtengan estos certificados apócrifos, violando dicho decreto.
Se les atribuyó además el hecho ocurrido el día 7 de Abril de pasado, cuando defraudaron a una mujer mediante la modalidad descripta, haciéndole creer a través de las publicaciones de Facebook, que otorgaban certificados de circulación, provocándole un perjuicio a la misma que asciende a la suma de $500.
También se les imputó defraudar a un hombre provocándole un perjuicio económico al mismo asciende a la suma de $500 y el haber intentado defraudar a otra persona no logrando su cometido ya que ésta se dio cuenta de la maniobra.
El cumplimiento de la pena será de modalidad condicional con reglas de conducta por el término de la condena correspondiente a cada uno: a) La obligación de constituir domicilio el que no podrá mudar sin previo aviso a la autoridad de control. b) La obligación de someterse a la Dirección Provincial del Patronato de Liberados, sita en Avellaneda 688 bis de Rosario, una vez levantado el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio; c) La obligación de abstenerse de utilizar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas y d) La obligación de acreditar oficio, o en su caso realizar un curso de capacitación laboral.