Se confirmó en segunda instancia el fallo que condenó al policía Osvaldo Raúl Bejarán, en su calidad de funcionario público, por haber incrementado injustificadamente su patrimonio.
Los jueces de Segunda Instancia –Beltramone, Alonso y Depetris– confirmaron el fallo de Primera Instancia de fecha 19 de agosto de 2021, en el que se condenó a Osvaldo Raúl Bejarán a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, y una suma equivalente al 75 por ciento del valor del enriquecimiento total pretendido por la Fiscalía, lo que equivale a la suma de $5.218.818,98 pesos por el delito de Enriquecimiento ilícito de funcionario público, en calidad de autor.
La Fiscalía había solicitado tres años de prisión efectiva.
El Fiscal Fernández Bussy, de la Unidad de Violencia Institucional, le había atribuido, en su calidad de funcionario publico, haber incrementado injustificadamente su patrimonio. A partir del año 2001 el imputado comenzó a cumplir funciones como Jefe de las División Leyes Especiales a partir de ese momento y en el lapso de dos años, comenzó el aumento infundado de su bienes registrables.
En el año 2003, adquirió una licencia de taxi en conjunto con un rodado Fiat Siena y en el mismo año, también adquirió un automóvil 0km Chevrolet Corsa. Además, en 2004 compró una finca y otro vehículo marca Renault, todos bienes conseguidos con un único ingresó como personal policial.
El imputado pasó por distintas jerarquías policiales desde el año 1978 hasta el año 2008 cuando se retiró como comisario general de la UR X Iriondo.
Como parte de la condena, se le impusieron las siguientes reglas de conducta, por el plazo de tres años: 1) Fijar domicilio, 2) Someterse al control de la Dirección Provincial del Patronato de Liberados; 3) Abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes; y 4) Realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de una institución de bien público, a razón de cuatro horas semanales.