La Corte Suprema de Justicia la provincia rechazó un pedido de absolución de los imputados y devolvió la causa por la inundación de Santa Fe tras el desborde del río Salado, el 29 de abril de 2003, al juez de primera instancia Luis Octavio Silva. Si bien exige que se dicte una sentencia, para los demandantes (los civiles damnificados por la catástrofe) se trata de una "maniobra dilatoria" que resolvió la cuestión de fondo.
El fallo unánime del cuerpo rechaza el planteo del ex intendente de Santa Fe Marcelo Alvarez, uno de los procesados.. El ex funcionario había pedido que se lo absuelva por prescripción de la acción penal y que se archive el proceso. Los otros imputados son el ex ministro de Obras Públicas Edgardo Berli y el ex director de Hidráulica Ricardo Fratti.
La investigación lleva catorce años y es por supuesto "estrago culposo agravado por la muerte de 18 personas".
“Se impone la necesidad de realizar el mayor esfuerzo posible para avanzar hacia la finalización del proceso, es decir, hacia el dictado de la sentencia, poniendo fin, por un lado, a la situación de incertidumbre prolongada en la que se encuentran los imputados y, por el otro, brindando respuesta a las víctimas de los hechos investigados y a la comunidad, la que sin duda tiene interés en la pronta resolución de la causa”, escribió el presidente de la Corte, el ministro Daniel Erbetta, según informó El Litoral.
Para los actores civiles que llevaron adelante la demanda el fallo es ambiguo y lo calificaron de "maniobra dilatoria" porque no resuelve la cuestión de fondo, que es la prescripción. En cambio, delega esa decisión en el juzgado de Sentencia.
El voto de Erbetta fue acompañado por el resto de los ministros Roberto Falistocco, María Angélica Gastaldi, Rafael Gutiérrez, Mario Netri y Eduardo Spuler que remarcaron la importancia de que a 14 años de iniciado el proceso éste culmine en sentencia.
“El tratamiento de la materia recursiva no puede desmarcarse de las especiales características de la presente causa. Se trata de un proceso penal donde se procura determinar la relevancia típica de los hechos y las eventuales responsabilidades penales por las graves consecuencias personales y materiales derivadas de la inundación que tuviera lugar en la ciudad de Santa Fe en 2003, cuya instrucción se iniciara el 5 de mayo de ese año y demorara casi cuatro años hasta su elevación a juicio (18.04.2008), habiendo transcurrido nueve años sin que haya recaído sentencia de primera instancia, con las consecuencias que tales circunstancias implican no sólo para las víctimas o familiares, sino también para los propios imputados, sin perjuicio incluso de la afectación que ello provoca a la credibilidad del sistema de justicia”, sostuvo Erbetta.
Para el presidente de la Corte “la coyuntura procesal descripta no tolera mayores dilaciones y, sin duda, el planteo recursivo de la defensa traería como consecuencia una nueva prolongación de la tramitación de la causa, sin decisión sobre el fondo del asunto”.