La Cámara de Diputados aprobó y giró en revisión al Senado un proyecto que modifica el Código Civil y Comercial para quitarle la responsabilidad parental (antes llamada "patria potestad") a los condenados por homicidio agravado por el vínculo, por violencia de género, lesiones graves y abuso sexual. Además, incorporó la suspensión de esa responsabilidad cuando el juez dicta el procesamiento al acusado.
Uno de los debates que se generó en el recinto fue a raíz de que se equiparó a mujeres y hombres en cuanto a las sanciones de quita de patria potestad que se aplicará cuando reciban una condena, ya que legisladoras como Victoria Donda y Araceli Ferreyra plantearon que "sólo tenían que recibir esa pena los femicidas".
Pero como la figura del femicidio no existe en el Código Civil, los legisladores incluyeron un inciso en el articulo 702 para que si una mujer fue procesada por asesinato de su pareja y fue en defensa de violencia de género no se le suspenderá en el tiempo que transcurre la investigación la patria potestad, como sí ocurre en el caso de los hombres.
El dictamen votado en general por 203 votos por el plenario legislativo debe ser girado al Senado para su sanción definitiva, aunque en los últimos días hubo negociaciones para que la Cámara alta convierta en ley el texto votado por los diputados.
El proyecto aprobado en diputados establece que se quitará la responsabilidad parental por homicidio agravado por el vinculado, por violencia de genero, lesiones gravísimas, y abuso sexual, y se dispondrá la suspensión parental cuando se dicte el procesamiento, pero no para aquellas mujeres que cometieron el delito al ser atacadas por violencia de género.
El debate fue abierto por el presidente de la comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky, quien destacó "el consenso alcanzado entre los diputados de diferentes bloques para acordar las reformas al proyecto del Senado".
Y afirmó que "se trabajó con gran responsabilidad para establecer las causas por las que se dictará la pérdida automática de responsabilidad parental cuando exista una condena por homicidio agravado por el vínculo y femicidio", así como por otros delitos.
"No queremos que se repitan casos como los de Rosana Galliano, por cuyo asesinato fue condenado su marido José Arce y su suegra Elsa Aguilar, pero sus hijos quedaron a su cargo, tal como estableció el juez de la causa", recordó el legislador macrista.
En ese sentido, Lipovetzky dijo que "es evidente que la recuperación del niño no se puede dar si está a cargo de quien asesinó a su madre".
En tanto, la presidenta de la comisión de Familia, la radical Alejandra Martínez, reivindicó que se establezca que "debe haber pérdida automática de la responsabilidad parental para delitos aberrantes como el femicidio, el homicidio agravado por el vínculo, lesiones gravísimas y el abuso sexual contra el hijo o la hija".
Destacó además la incorporación en el artículo 702 inciso E del Código Civil, que se refiere a la "suspensión de la responsabilidad una vez que se dicte el procesamiento".
En tanto, desde el massismo Carla Pitiot destacó que "el acento del dictamen está puesto en las victimas de la violencia familiar que pagan por los efectos de una vida rodeada de violencia, y con esto buscamos proteger los derechos de la niñez," y dijo que con esta ley "vamos a evitar que los hijos sigan conviviendo con quienes le quitaron la vida a su madre".
A su vez, la diputada de Libres del Sur, Victoria Donda, pidió la reforma del artículo para que "sólo se condene el femicidio" y dijo que "esto debe ser así porque acá se está matando a una mujer cada 24 horas".
La diputada del Partido Obrero, Soledad Sosa, reclama que se incorpore la figura de "femicida" que "los bloques mayoritarios del Senado y Diputados la rechazaron, y colocan una equiparación que no es real, entre mujer y hombre bajo la figura de progenitores, porque esta ley viene atender una consecuencia que es la realidad de los hijos/as de las mujeres víctimas de femicidio, que en nuestro país ocurren cada 18 horas."