Más duros contra la discriminación. En la sesión de este jueves, el Concejo Municipal de Rosario aprobó la modificación a la ordenanza que establece sanciones a los lugares en los que se produzcan actos de discriminación. Entre las nuevas penas se suman la posibilidad de aplicar multas de hasta 2.000 pesos y clausurar el local.
El autor de la iniciativa, el concejal Carlos Comi (ARI), explicó que la medida alcanza a los espectáculos o lugares abiertos al público o a cualquier otro lugar con atención y acceso al público en los que se produzcan actos discriminatorios o cuando se ejerza abusivamente el derecho de admisión.
Hasta el momento solo regían penas de clausura de 7 a 30 días para la primera vez que se incurriera en la falta y de 30 a 180 días si fuera reincidente, pero a partir de esta modificación, además de esas sanciones también habrá multas que oscilarán de acuerdo a la gravedad y reiteración entre 970 y 2.000 pesos.
Serán pasibles de percibir estas sanciones aquellos que cometan actos de discriminación con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, características físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que tienda a la segregación, exclusión o menoscabo que implique distinción.
Oposición contra los boliches
Los ediles también modificaron los mecanismos de consulta ciudadana para habilitar locales bailables. En el recinto aprobaron la modificación de la ordenanza de espectáculos públicos Nº 7218 en lo referente al denominado "registro de oposición", a través del cual los vecinos cuentan con una instancia de participación para consentir o rechazar distintos emprendimientos en el rubro locales con actividad bailable.
El cambio hecho a partir de la propuesta del presidente del bloque Socialista, Horacio Ghirardi, apunta a ampliar el número de linderos (de cada local a habilitar) que participen de la oposición y a mejorar las instancias de consulta ciudadana: garantizar fehacientemente la notificación de los vecinos, difundir la convocatoria por diversos medios y ampliar el plazo de consulta en negocios del rubro indicado que se instalen en la ciudad.
En los últimos tiempos, los vecinos de los barrios donde proliferan los emprendimientos de este rubro (locales bailables, salones de fiestas, etc,) se manifestaron preocupados por algunas debilidades en los mecanismos de participación, situación que impulsó a Ghirardi a perfeccionar el registro de oposición.
En ese sentido, se modificó el artículo 3º de la normativa (inciso 1, punto 1), que establece quiénes pueden participar del registro de oposición y cómo (a través de qué mecanismo) hacerlo. En referencia al primer punto, el cambio se determina que ante la situación del pedido de habilitación de un local, "en todos los casos se considerará que los metros lineales para el ejercicio de la oposición serán contados desde los deslindes parcelarios en todo su perímetro de eje divisorio a eje divisorio más cercano", mientras que la ordenanza vigente hace a nivel lineal (sólo hacia ambos costados y al frente).