El defensor del Pueblo de Santa Fe, Raúl Lamberto, recibió a tomadores de créditos UVA, prendarios y personales, para la compra de automotores quienes manifestaron su preocupación por la falta de inclusión en la Ley de Emergencia Económica que busca mitigar los efectos negativos del mecanismo utilizado para los préstamos.
Durante el encuentro, los presentes manifestaron que “la omisión de nuestros créditos del texto legislativo obedece a un error, ya que en la versión taquigráfica de la sesión se observa la inclusión por solicitud durante el debate por parte de un grupo de diputados y su voto posterior en ese sentido”.
Lamberto explicó que la Ley Nº 27.541 que hace referencia a los créditos UVA en su artículo 60 indica que “el Banco Central de la República Argentina realizará una evaluación sobre el desempeño y las consecuencias del sistema de préstamos UVA para la adquisición de viviendas y los sistemas de planes de ahorro para la adquisición de vehículos automotor, y sus consecuencias sociales y económicas.
Además, agregó que "estudiará mecanismos para mitigar sus efectos negativos atendiendo al criterio del esfuerzo compartido entre acreedor y deudor”, y especificó: “El error que alegan los tomadores es el relativo a la mención de sistemas de planes de autoahorro para la compra de automotores ya que los mismos se encuentran bajo la competencia de Inspección General de Justicia de la Nación en lugar de créditos UVA prendarios y personales”.
En este sentido, los autoconvocados señalaron: “Si bien las medidas anunciadas por el Banco Central para los hipotecarios UVA no fueron satisfactorias, queremos estar incluidos expresamente en el texto de la ley citada y bajo regulación del BCRA a los fines de quedar insertos en posibles nuevas medidas sobre esta modalidad crediticia y amparados por la normativa”.
Finalmente, el defensor se comprometió a “informar a la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) y desde allí gestionar una reunión con los legisladores nacionales para insistir sobre el tratamiento de proyectos modificatorios que dé certeza a la inclusión en el marco de la Ley de Emergencia y la regulación por parte del BCRA”.