Finalmente, el gobierno nacional congeló alquileres y cuotas hipotecarias a través de sendos decretos de Necesidad y Urgencina (DNU). El presidente Alberto Fernández había anunciado la medida de alivio en el marco de la crisis económica profundizada por el coronavirus la semana pasada y al principio había evaluado buscar el apoyo del Congreso.
Los decretos serán publicados este lunes en el Boletín Oficial, suspenden los desalojos por falta de pago de alquileres y congelan el valor de las cuotas de créditos hipotecarios hasta el 30 de septiembre.
El DNU sobre alquileres mantiene los precios vigentes al 30 de marzo y prorroga la vigencia de los contratos “con conformidad de la parte locataria”.
Además, establece que las deudas que se produzcan por falta de pago se pagarán a partir de octubre en tres cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades.
También dispone una excepción para el locador (dueño de la propiedad en alquiler) que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente y establece la “mediación obligatoria”, antes de acudir a la Justicia, para los casos en que se presenten “controversias entre las partes”.
En tanto el DNU sobre créditos hipotecarios congela el valor de las cuotas sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor del mes de marzo. También mantiene el valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA y suspende las ejecuciones hipotecarias.
Las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en tres cuotas sin interés. Las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, también a partir de octubre, en tres cuotas, solo con intereses compensatorios, sin penalidades.