La empresa municipal de transporte público de pasajeros, Movi Rosario, deberá reincorporar a cuatro conductoras de colectivos que habían presentado un amparo ante la Justicia por discriminación de género. También se dispuso una compensación dineraria a las cuatro demandantes.
De acuerdo a este fallo, la empresa Movi Rosario SAU deberá incorporar a Natalia Verónica Munafo, María Etelvina Álvarez, Alejandra Isabel Avendaño y Silvina Ada Moreno como “chofer guarda” dentro de los tres días de notificada la sentencia.
Las mencionadas, luego de pasar los exámenes de rigor exigidos para poder conducir colectivos, habían sido contratadas para cubrir licencias por vacaciones, pero no fueron incorporadas a planta permanente con posterioridad, a pesar de haber existido 19 vacantes.
Esos lugares fueron ocupados, en su totalidad, por hombres pese a que una ordenanza del año 2006 ya obligaba a cubrir “en forma igualitaria entre mujeres y varones, garantizando el ingreso de una mujer por cada dos puestos a cubrir”.
Al momento de dictar la sentencia definitiva, la jueza Paula Calace Vigo, titular del Juzgado Laboral N°10 de los Tribunales de Rosario, entendió comprobada la discriminación por género denunciada por las trabajadoras, no sólo por el incumplimiento a la normativa estatal de 2006 tendiente a garantizar la “igualdad real de oportunidades” (Semtur –absorbida por Movi– jamás había incorporada a una mujer), sino debido a que la empresa tampoco ofreció prueba alguna que desacreditase la idoneidad de las cuatro mujeres que ya se habían desempeñado como choferes de la empresa.
La jueza también contempló que Movi Rosario SAU es enteramente propiedad de la Municipalidad de Rosario, y que el ejecutivo local venía incumpliendo la normativa pese a lo ordenado por el Concejo Municipal.
Por último, la magistrada concedió una compensación dineraria a cada amparista por haber sido víctima de violencia de género, en virtud del manifiesto incumplimiento a la legislación.