Desde hoy rige la nueva reglamentación de la ley nacional de Receta Electrónica, dispuesta a través del decreto 345/2024, a partir de la cual las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud que fueron realizadas tradicionalmente en papel comenzarán a efectuarse a través de plataformas digitales

Según fuentes oficiales, la iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas.

En el marco de estrategias para la implementación de las recetas electrónicas, el ministerio de Salud de la Nación comenzará esta semana un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios. Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres.

Como soporte de comunicación y de acceso a la información, se desarrolló, además, una página web de “Receta electrónica” en el sitio oficial del Ministerio, que cuenta con información detallada sobre la implementación de receta electrónica, con información general y específica para la comunidad, farmacias y profesionales de la salud.

En la página también se ofrecen instructivos y se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés.

También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar.

Según indicaron en un comunicado oficial, la receta digital significa un avance tecnológico y tiene el propósito de mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos, a través de la eficiencia y la seguridad, facilitando la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos.

En la misma dirección, contempla la integración y estandarización de las plataformas digitales ya existentes en el sistema, la definición de un diccionario nacional de medicamentos y el seguimiento eficaz del tratamiento de los pacientes.

Asimismo, la medida se inscribe en las acciones dispuestas por el gobierno nacional para aumentar la competitividad del mercado, lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos.


Desde el gobierno de Javier Milei indicaron que la adopción de la receta electrónica, cuyo modelo quedó establecido por el Decreto N° 63/24, responde a cuatro ejes esenciales:

-La identificación de profesionales con capacidad para prescribir: se garantiza el adecuado acceso a la identificación de los profesionales de la salud a través de la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (Refeps). Este registro asegura que solo los profesionales debidamente acreditados puedan emitir prescripciones, manteniendo así la integridad y seguridad del proceso de prescripción.

-Un Registro Nacional de Soluciones Informáticas: se desarrolla un registro nacional que incluye las soluciones informáticas que brindan soporte en la gestión sanitaria. Este registro abarca tanto los softwares que emiten recetas electrónicas como aquellos utilizados por las farmacias para la gestión de la dispensación de medicamentos. Esta medida busca estandarizar y asegurar la calidad y seguridad de las plataformas utilizadas en todo el territorio nacional.

-El Diccionario Nacional de Medicamentos: se establece un diccionario nacional de medicamentos para que las soluciones de salud digital puedan utilizarlo como base de referencia. Esto permite que las recetas sean emitidas denominando a los medicamentos por su nombre genérico, facilitando la identificación y dispensación de los mismos. Este diccionario garantiza la uniformidad y precisión en la prescripción de tratamientos a nivel nacional.

-La comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas: se propicia un sistema eficiente de comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas emitidas. Esto incluye también la declaración de la dispensa de medicamentos, la información sobre el producto entregado y su eventual sustitución en las farmacias. Esta integración asegura un seguimiento eficaz del tratamiento prescrito al paciente, desde la prescripción hasta la dispensación.

-Este sistema no solo facilitará el acceso a los medicamentos y tratamientos de manera más eficiente y segura, sino que también promoverá la calidad en todo el proceso de atención médica.

La venta y despacho deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (director técnico y/o farmacéutico auxiliar), su venta y entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que este disponga a su conveniencia.

Es responsabilidad del profesional farmacéutico garantizar que el traslado se realice de modo seguro conforme los requisitos aplicables y los que la autoridad sanitaria establezca a tal efecto.

Las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales durante 3 años.