La Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT) recurrirá a la Justicia para reclamar la inconstitucionalidad completa del DNU firmado por el presidente Javier Milei. Esta tarde se reúne para definir la convocatoria a una masiva movilización. El decreto restringe el derecho a huelga. "Vamos a presentar una acción jurídica para exigir la inconstitucionalidad de todo el DNU", anticipó el dirigente Héctor Daer, cotitular de la central obrera a Clarín. También aseguró que se alentará una ola de amparos contra los puntos centrales del decreto presidencial.
Desde las 18 , la CGT reunirá a su consejo directivo en la sede de la Uocra con el propósito de definir la convocatoria a una movilización la próxima semana en rechazó a las medidas del Gobierno, incluso la posibilidad de un paro.
"La CGT va a salir a defender los preceptos republicanos y la división de poderes, más allá de los derechos laborales, sociales y de la seguridad social atacados por el decreto", remarcó Daer, y sostuvo que la magnitud del DNU firmado por el presidente "lo torna absolutamente inconstitucional". "Las emergencias planteadas se justifican en un diagnóstico intencionalmente falaz para arrasar con los derechos sociales de todos los argentinos", denunció el gremialista.
El DNU avanza con la flexibilización de condiciones laborales, la reducción de las indemnizaciones y fija nuevas limitaciones al derecho a huelga, además de golpear fuertemente sobre la caja de recaudación de los sindicatos.
El decreto de Milei restringe el ejercicio del derecho a huelga al establecer la exigencia de una cobertura mínima de 75% en los servicios esenciales, donde se incluye a la salud y la educación, y una cobertura del 50% en una nueva categoría que denomina "actividades o servicios de importancia trascendental, donde se incorporaran múltiples sectores, desde transporte, diversas ramas industriales, bancarios, gastronómicos, producción de alimentos y hasta los servicios de radio y televisión.
A la par se habilita a los empleadores a despedir con causa a trabajadores que participen de medidas de fuerza que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la protesta, realicen bloqueos o tomas de establecimientos durante las mismas. También se regulan de manera restrictiva las asambleas sindicales dentro de las empresas.
En materia de derechos individuales, un de las principales modificaciones es la reducción de las indemnizaciones ya que, según el decreto, "la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual", lo que excluiría beneficios como bonos anuales, ticket canasta o vales alimentarios, pese a que fueron reconocidos en varios fallos.
También dispuso un mecanismo de indemnización "alternativo" inspirado en el sistema que rige en la industria de la construcción. "Las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable", consigna el DNU.
Otro punto clave es la extensión del período de prueba de 3 a 8 meses, por lo cual el empleado podrá ser despedido sin derecho a indemnización en ese lapso. Asimismo, se eliminan todas las multas establecidas por ley que el empleador debe pagar al trabajador afectado para la falta de registro de la relación laboral o su registro irregular. También se habilita a desregular la jornada laboral mediante negociación colectiva, con la única limitación de 12 horas de descanso entre una y otra jornada.
A su vez, se establece el vencimiento del pago de cuotas, aportes periódicos o contribuciones a que estuviesen obligados los trabajadores. De esa manera, los descuentos salariales efectuados a los empleados por acuerdo entre las empresas y los gremios no serán renovados indefinidamente, sino que deberán ser acordados en cada ocasión.
Justamente respecto a la denominada ultraactividad (vigencia de los convenios colectivos posterior a su fecha de vencimiento), el especialista Luis Campos, coordinador del Observatorio de Derecho Social de la CTA Autónoma, advirtió que se ingresa en "un limbo interpretativo" porque "las cláusulas sobre condiciones de trabajo mantienen este carácter pero todas las demás no, lo que afecta a muchísimas disposiciones de los convenios colectivos que se van a caer si se vence su plazo y no se renueva".
Los intereses de las indemnizaciones se calcularán en base a una fórmula que contemplará la inflación del Indec (IPC) más un 3% y se crea la figura del "trabajador independiente con colaboradores", lo que permite "blanquear" a los monotributistas que contratan otros monotributistas, como ocurre en la construcción, y engrosar la recaudación del Estado.