La AFA emitió un comunicado en el que asegura que la entidad podría sufrir sanciones si el Gobierno toma decisiones que interfieran con su estatuto, en relación con la implementación de las Sociedades Anónimas Deportivas.

La FIFA prohíbe de manera taxativa la injerencia de los gobiernos y la AFA avisó que puede provocar una sanción a los equipos nacionales de los países donde ello sucediera.

A través de un comunicado, la AFA explicó que la FIFA y la Conmebol advirtieron que la única que puede decir un cambio de su estatuto es la propia entidad, a través de una elección democrática de sus miembros: los clubes. 

"(...) Las federaciones miembros de la FIFA – y en este caso la AFA – deben gozar de la autonomía suficiente para determinar de manera libre y democrática la naturaleza jurídica de los clubes que participen en sus competiciones nacionales. La AFA, y solo la AFA, resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad competente para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno asociativo, los aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes afiliados a la misma", dice parte de la respuesta de la FIFA a la consulta que le hizo la AFA sobre la situación puntual de la eventual modificación de la figura jurídica para implantar las SAD.

La respuesta de la FIFA, que la AFA recibió el pasado 2 de septiembre, lleva la firma del Director Legal y de Cumplimiento de la FIFA, el doctor Emilio García Silvero.

El jurista de la entidad, en consecuencia, explicó que la eventual intromisión del Gobierno argentino supondría una violación al estatuto de la FIFA. "(...) Cualquier otra decisión al respecto que no proceda de los órganos de gobierno de la AFA en uso de su autonomía entraría en conflicto con el artículo 19 (1) de los Estatutos de la FIFA, suponiendo igualmente un incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 (1) (i) del mismo texto estatutario", remarcó García Silvero.

De esa forma, la AFA se expondría a una dura sanción de parte de la entidad presidida por el suizo Gianni Infantino, que podría incluso sacar a todas sus Selecciones de las competiciones internacionales.

En el mismo sentido se pronunció la Conmebol. “A nuestro criterio establecer la obligación de incluir a los clubes que se transforman en SAD como miembros de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) constituye una flagrante intromisión y una injerencia arbitraria por parte del Estado", dice la comunicación fechada en agosto de la Confederación Sudamericana, que lleva la firma de la doctora Monserrat Jiménez, su directora jurídica.

Más adelante, Jiménez rechaza de forma contundente la intromisión gubernamental: "(...) Resulta totalmente inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH que una ley exija a la AFA la inclusión de un miembro que no cumple con sus parámetros y fines. Es igualmente inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH compelir a esta asociación civil privada a cambiar sus estatutos sociales(...)“.

Como conclusión, la AFA remarcó que continuará con su cruzada, que cuenta con el aval de la Asamblea que llevaron adelante los clubes hace unos meses. "(...) A fin de evitar cualquier tipo de consecuencia o sanción por parte de FIFA (que abarca hasta una desafiliación) continuaremos defendiendo los derechos de la Asociación del Fútbol Argentino (...)", argumenta la entidad presidida por Claudio Tapia para saldar la discusión.

El Comunicado de la AFA

 

La Asociación del Fútbol Argentino comunica que ante el dictado por parte del poder ejecutivo de los DNU 70/23 (reglamentado luego por el Decreto 730/24), por medio de los cuales se pretende obligar a esta Casa a cambiar su estatuto a fin de permitir el ingreso de sociedades anónimas como miembros de la misma, la Gerencia de Legales a cargo del Dr. Andrés Paton Urich elevó a principio del mes de agosto una consulta jurídica a FIFA y CONMEBOL a fin de establecer si dicha norma no resultaba violatoria de sus estatutos en relación a la independencia de las federaciones que deben manejar sus asuntos internos sin la injerencia de terceros.

Con fecha 2 de septiembre de 2024, la FIFA a través de su Director Legal y de Cumplimiento, Dr. Emilio García Silvero ha emitido su dictamen manifestando en sus puntos más relevantes que, “En atención a lo considerado en los apartados cuarto y quinto, entendemos que las federaciones miembros de la FIFA – y en este caso la AFA – deben gozar de la autonomía suficiente para determinar de manera libre y democrática la naturaleza jurídica de los clubes que participen en sus competiciones nacionales. La AFA, y solo la AFA, resulta, a la vista del marco jurídico de la FIFA, la única entidad competente para decidir, a través de sus órganos legítimos de gobierno asociativo, los aspectos relativos a la naturaleza jurídica de los clubes afiliados a la misma.”

Asimismo, concluyó que, “Corresponde a la AFA, sin intervención estatal alguna, decidir democráticamente si sus clubes afiliados deben de retener la naturaleza jurídica de asociaciones civiles de manera obligatoria -como es el caso actual, cf. artículo 10 (2) Estatutos de la AFA-, transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas u optar por un modelo diferente. Cualquier otra decisión al respecto que no proceda de los órganos de gobierno de la AFA en uso de su autonomía entraría en conflicto con el artículo 19 (1) de los Estatutos de la FIFA, suponiendo igualmente un incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 (1) (i) del mismo texto estatutario.”

Por su parte, con fecha 21 de Agosto, la CONMEBOL a través de su Directora Jurídica Dra. Monserrat Jimenez, manifestó que, “a nuestro criterio establecer la obligación de incluir a los clubes que se transforman en SAD como miembros de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) constituye una flagrante intromisión y una injerencia arbitraria por parte del Estado, ya que despoja a una asociación civil privada de la facultad de decidir con autonomía acerca de su régimen de gobernanza, su gestión y sus intereses.”

En idéntico sentido, concluyo que: “El destino de una Asociación depende de sus miembros y fueron ellos quienes en cumplimiento de los Estatutos optaron por la no inclusión de clubes bajo la estructura jurídica de las SAD. De esta forma, resulta totalmente inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH que una ley exija a la AFA la inclusión de un miembro que no cumple con sus parámetros y fines. Es igualmente inconstitucional, arbitrario y contrario a los DDHH compelir a esta asociación civil privada a cambiar sus estatutos sociales. “

Por todo lo expuesto, a fin de evitar cualquier tipo de consecuencia o sanción por parte de FIFA (que abarca hasta una desafiliación) continuaremos defendiendo los derechos de la Asociación del Fútbol Argentino como hemos efectuado en el marco de las actuaciones caratuladas AFA C/Estado Nacional S/Acción Mere Declarativa de Inconstitucionalidad” en la cual hace uno días el Juez interviniente ordenó la suspensión de los artículos 335 y 345 del DNU 70/23 y de los art 2 y 5 del Decreto Reglamentario.

Se acompañan al presente la solicitud efectuada por AFA y sus correspondientes respuestas por parte de FIFA y CONMEBOL.