El Concejo municipal de Rosario busca saldar una vieja deuda que tiene la ciudad con los jardines particulares. Se trata de los establecimientos educativos que no entran en la órbita del ministerio de Educación provincial pero que ofrecen un servicio de vital importancia en la formación de la primera infancia.

Por esta situación, actualmente los jardines particulares que funcionan en la ciudad de Rosario se habilitan bajo las condiciones de cualquier comercio. Es decir, solo se les exige condiciones de seguridad e higiene.

Esa situación es la que quiere cambiar el oficialismo que, a instancias de Lucas Raspall y con el aval de la presidenta del Concejo, María Eugenia Schmuck, trabaja en una nueva normativa para estos establecimientos educativos de primera infancia.

El proyecto, que por el momento sigue en trabajo de comisiones, suma a los requisitos propios de la habilitación de cualquier comercio, la intervención de la secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat para evaluar a los profesionales a cargo del cuidado de los niños y la pertinencia de la propuesta educativa.

“Son funciones de los Jardines satisfacer las necesidades de niñas y niños en todos sus aspectos, ya sean biológicas, como psicológicas y sociales, facilitando los entornos más convenientes para su crecimiento y desarrollo, y procurando fortalecer los recursos y competencias de madres, padres y referentes adultos, así como el entramado social en el que viven”, sostiene entre sus argumentos el escrito.

En ese sentido, remarca también que el espíritu del proyecto es darle la libertad a las familias de elegir el establecimiento educativo de primera infancia que crean conveniente acorde a sus preferencias, con la tranquilidad de que los mismos cumplen con “las condiciones necesarias para su estadía, así como para el acceso y la permanencia de las niñas y los niños en la continuidad de la educación de nivel inicial”.

Los jardines alcanzados por esta normativa son los que funcionan por fuera de la enseñanza oficial y estén destinados a la atención integral de la población infantil, desde los 45 días a los dos años (primer ciclo o maternal) y desde los dos hasta los cuatro años (segunda infancia). 

Nuevos requisitos para la habilitación

El permiso de habilitación de los Jardines Maternales y de Infantes, no incorporados a la enseñanza oficial, podrá ser solicitado por personas físicas o jurídicas privadas, cualquiera sea su denominación y tendrá una vigencia de cinco años.

Para la tramitación del permiso, intervendrán conjuntamente la secretaría de Gobierno y la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat. La primera dependencia municipal lo seguirá haciendo por intermedio de la dirección de Habilitación de Industrias, Comercios y Servicios, donde se mantendrán los mismos requisitos vigentes para habilitar el espacio.

Una vez que Gobierno entregue el visto bueno de la habilitación, la secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat, intervendrá para determinar sobre los títulos del personal, la pertinencia de la propuesta educativa, registro actualizado del personal docente y no docente, cartilla de menú -si se brinda el servicio-, condiciones asistenciales, horario de funcionamiento, tiempo de permanencia de las niñas y los niños y los aspectos concernientes del área organizacional.

Además, el proyecto prevé que, los inmuebles destinados al funcionamiento de estos establecimientos, sólo podrá ser utilizado para las actividades para las que fue habilitado. 

Con respecto al personal, deberán contar con capacitación Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y primeros auxilios. Debiendo prever la presencia durante todo momento en que el Jardín se encuentre abierto de, al menos, una persona capacitada en estas maniobras. 

También se establece un equipamiento mínimo y obligatorio para la prestación de servicio en materia de cuidado y educación: cunas, colchonetas, materiales de juego, mesas y sillas, materiales didácticos y cambiadores. Todo ello de acuerdo con la edad de las niñas y los niños

En cuanto a la infraestructura necesaria para funcionar, los jardines particulares tendrán que contar con una o más salas según sea el número y edad de las niñas y los niños. También servicios sanitarios para niñas, niños y adultos; cocina (cuando se brinde servicio de alimentación) y patio de juegos y recreación al aire libre.

Sobre las salas donde permanecerán los alumnos, el proyecto establece que “deberá ser acorde a las edades y los niveles de maduración y desarrollo de las niñas y los niños, respetando la propuesta pedagógica de cada Jardín. 

“Se propone 1,5 m2 por niño/a, como criterio de unificación quedando definidas de la siguiente manera: Lactario I: de 45 días a 6 meses, hasta 6 niños; Lactario II: de 6 meses a 12 meses, hasta 7 niños; Gateadores: de 12 meses a 18 meses, hasta 10 niños; Deambuladores: de 18 meses a 24 meses, hasta 10 niños; de 2 años, hasta 15 niños; de 3 años, hasta 18 niños; de 4 años, hasta 20 niños”.

Por fuera de esas salas, también deberá haber una destinada al sueño y reposo de los niños que tiene que garantizar un sector de higiene y cambiado. 

Por el momento la iniciativa se mantiene en trabajo legislativo de comisiones y se espera que en las próximas semanas pueda conseguir las firmas necesarias para llevar la discusión al recinto y aprobarse.