La Cámara Penal de Rosario, integrada por los jueces Carina Lurati, Carlos Carbone y José Luis Mascali, confirmaron la polémica sentencia dictada en primera instancia en la causa de la tragedia de calle Salta 2141, en la que fue condenado el gasista Carlos García a 4 años de prisión por estrago culposo y los 10 acusados restantes fueron absueltos. El primer falló fue duramente cuestionado por familiares de las víctimas y fue apelado, pero los camaristas lo ratificaron este jueves.
En el juicio que tuvo lugar el año pasado en el Centro de Justicia Penal de Rosario, los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Juan Carlos Leiva, condenaron a Carlos García, el gasista que trabajó en el edificio de Salta 2141 en aquella trágica mañana del 6 de agosto de 2013, a cuatro años de prisión por el delito de estrago culposo. De todos modos, no irá preso.
Según la acusación, Carlos García manipuló el gabinete de gas sin haber cortado el suministro para empezar a trabajar; tampoco la luz; no cerró la puerta de acceso al edificio; ni avisó a los vecinos cuando comenzó la fuga que duró doce minutos.
Además, absolvieron a José Luis Allala (gasista que hizo un trabajo previo en la torre); Norma Bauer, Mariela Calvillo y Carlos Repupilli (responsables de la administración del edificio); Guillermo Oller, Luis Curaba y Gerardo Bolaño (reclamistas de Litoral Gas); Claudio Tonucci (jefe de mantenimiento de redes de Litoral Gas); Viviana Leegstra (gerenta técnica de Litoral Gas); y Pablo Miño (ayudante de García).
Semanas después, los integrantes del Tribunal dieron a conocer los fundamentos del fallo, que condenó únicamente al gasista Carlos García.
Este jueves, los camaristas Lurati, Carbone y Mascali confirmaron todas esas sentencias, desestimando las apelaciones de los demandantes.
Los familiares de las 22 víctimas fatales y las personas que lograron sobrevivir a la trágica explosión, criticaron duramente el fallo y apelaron rápidamente a través de sus abogados. En su momento habían depositado esperanzas en una revisión de las sentencias por parte de la Cámara Penal, pero finalmente el fallo fue ratificado hoy.
La Fiscalía, cuya acusación estuvo a cargo de la fiscal Graciela Argüelles, había solicitado la máxima pena del delito de estrago culposo agravado (5 años de prisión efectiva) para nueve de los once imputados. Y había pedido el sobreseimiento para José Luis Allala y Gerardo Bolaño.
La querella, por su parte, había pedido la pena de 5 años de prisión efectiva para los once acusados.
La explosión ocurrida el 6 de agosto de 2013 en Salta 2141 dejó un saldo de 22 muertos y 62 heridos.
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