Suspendidas totalmente las clases presenciales hasta el 30 de mayo ante el colapso sanitario por coronavirus, se plantea la pregunta sobre quién se queda con los chicos. El ministro de Trabajo, Juan Manuel Pusineri, aclaró que siguen en vigencia las licencias laborales a padres que había habilitado el gobierno nacional. Acá te explicamos en qué situaciones se puede tramitar y cómo hacerlo.
En febrero pasado, el gobierno nacional lanzó las licencias laborales para padres de cara al inicio del nuevo ciclo lectivo. Son para que los trabajadores que sean padres o tutores de menores de edad puedan pedir una licencia en sus trabajos los días en que los niños no deban asistir de manera presencial a clases.
En el caso de Santa Fe, que tiene sistema bimodal –actualmente solo virtual–, era aplicable para las semanas de no presencialidad.
Según el texto que lleva la firma del ministro de Trabajo nacional Claudio Moroni, “se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente”.
La inasistencia se podrá requerir ante dos situaciones:
- Los días en que los niños no concurran a clases presenciales, y...
- Los días que concurran con horario presencial reducido.
Para pedir al empleador la licencia, los trabajadores deberán presentarle una nota, a modo de declaración jurada, con la información requerida por el Ministerio de Trabajo y que el empleador podrá controlar:
- Los datos del niño, niña o adolescente.
- Grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre.
- El régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución.
- La declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.
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