El Concejo Municipal tiene en carpeta una novedosa iniciativa que de ser aprobada brindaría soluciones a conductores que por diferentes razones olvidaron alguna documentación necesaria para conducir su vehículo en la vía pública. En lugar de derivar de forma inmediata el auto al corralón, el proyecto impulsa que alguien cercano alcance esos papeles faltantes.
En ese sentido, por autoría de la edil Silvana Teisa, se propone modificar la ordenanza del código de tránsito en su artículo referente a remisión de rodados. Dicha norma es del año 1998. En concreto la iniciativa comprende que en casos donde el potencial infractor no presente documentación obligatoria como licencia de conducir, cédula de identificación del rodado, autorización para conducir o seguro del vehículo, en un eventual control de tránsito tendrá 20 minutos de changüí para pedirle ayuda a algún amigo o familiar.
Dentro de esos minutos la persona a la que se recurra deberá presentarse en el lugar con la documentación faltante. También se agregará que dicha persona podrá acercarse al sitio con licencia de conducir propia o el permiso de autorización de conducir conocido como tarjeta azul y de esa forma evitar la remisión del rodado.
Cabe indicar que dentro de los puntos que menciona la ordenanza vigente del código de tránsito en relación a remisión de vehículos reza: “Los inspectores municipales y/o los miembros de las fuerzas de seguridad están facultados para disponer la remisión de rodados a dependencias municipales, en cualquier momento y lugar, únicamente en los siguientes casos que a continuación se detallan:
Vehículos peligrosos aquellos que no reúnan las condiciones técnicas y de seguridad exigibles, salvo que el obstáculo pueda ser removido en el momento del procedimiento, en cuyo caso el inspector se limitará a labrar el acta de infracción correspondiente.
Falta de chapas patentes: aquellos rodados que circulan sin las dos chapas patentes reglamentarias (excepto motovehículos en que solo se requiere tener una colocada)
Falta de documentación: cuando el conductor no exhiba la siguiente documentación: a) licencia de conducir vigente acorde a la categoría, b) cédula de identificación del rodado o autorización para conducir c) falta de seguro obligatorio.
Cuando se compruebe que el conductor ha superado el cero gramo de alcohol por litro de sangre y/o conduzca bajo los efectos de drogas o estupefacientes y/o lo haga con impedimentos físicos que dificulten la conducción”.
En ese sentido, la propuesta de la edil peronista corresponde al punto de falta de documentación brindando una “salida posible”, al conductor para evitar la remisión del vehículo al corralón.