Las empresas que se adhieran al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y que importen bienes de capital nuevos, repuestos, partes y componentes destinados a proyectos de inversión, deberán gestionar dichas operaciones a través de la Dirección General de Aduanas (DGA), organismo dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La medida fue oficializada mediante la Resolución 1358/2024, publicada en el Boletín Oficial que establece que las empresas podrán acceder a beneficios aduaneros, como exenciones de IVA y otros tributos, sujetos a la aprobación futura de su solicitud.
Asimismo, la normativa busca implementar un sistema de control sobre la ejecución de los planes de inversión. Para ello, el VPU (Valor de Proyecto de Inversión) deberá informar, bajo declaración jurada, las operaciones proyectadas y ejecutadas dentro del marco de su plan, según lo dispuesto en la resolución.
Requisitos para adherir al RIGI
* Inversión mínima por proyecto U$S 200.000.000.
* Prever la integración de los activos invertidos en el plazo de 2 años desde la aprobación del plan e inscripción en el régimen.
* Para tramitar a adhesión deberá indicarse la actividad a la que se destina el aporte y el detalle de proyecto y la autoridad de aplicación está facultada para el seguimiento y control del desarrollo del proyecto.
Beneficios fiscales
* Alícuota de Impuesto a las Ganancias 25%.
* Deducción de amortización acelerada.
* Certificados de Crédito Fiscal en IVA.
* 100% del Impuesto sobre Débitos y Créditos Bancarios computable como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias.
* Eximición de los derechos de exportación por 2 años.
* Importación libre para bienes necesarios para el desarrollo de la inversión.
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