La Cámara de Diputados de Santa Fe convalidó este jueves los cambios que introdujo el Senado para incorporar el juicio por jurados, por lo que la norma quedó sancionada. El proyecto es una de las leyes que fue enviada desde el Ejecutivo como paquete normativo prioritario, en una primera etapa, con el objetivo de contar con herramientas legislativas necesarias para impulsar las políticas públicas en materia de seguridad, explicó el gobierno de Santa Fe en un comunicado.
La incorporación del juicio por jurados era una deuda pendiente del sistema de Justicia, que ahora podrá contar con la ley que reglamentará el artículo 44 del Código Procesal Penal de Santa Fe. Además, la iniciativa aprobada cumple con el mandato constitucional que dispone que los juicios criminales finalicen por jurado.
En este sentido se ha diseñado un juicio por jurado popular, con 12 jurados titulares y 2 suplentes, para el juzgamiento obligatorio de delitos graves como homicidios, abuso sexual seguido de muerte, y también para que la sociedad juzgue el accionar policial y penitenciario en casos de enfrentamiento.
Santiago Mascheroni, secretario de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, destacó que la Constitución de 1853 ya previó el juicio por jurados, y luego se fueron implementando en las provincias.
“En Santa Fe hubo intentos legislativos que tuvieron media sanción en Diputados y no prosperaron en el Senado. Esta iniciativa del Poder Ejecutivo se transformó en una norma concreta”, resaltó.
Mascheroni consideró además que, por sus características, esta ley va a requerir una reglamentación muy particular, en la que se debe ir avanzando paulatinamente.
“A modo de ejemplo se debe conformar un padrón, porque es una carga pública, y se va a tomar el padrón general, para luego sortear, uno de cada mil empadronados, lo que va a dar aproximadamente un universo de entre 2.000 y 2.500 ciudadanos y ciudadanas que pueden formar parte de un jurado”, explicó.
Mascheroni subrayó la gradualidad en la implementación de ciertos aspectos instrumentales de la ley: “Cuando la infraestructura lo permita se irán incrementando las causas en las que pueda actuar un jurado”.
Quienes tengan entre 18 y 75 años podrán ser requeridos para formar el jurado. Para las personas de más de 70 años es opcional. No podrán integrar jurados abogados, profesionales del derecho, ni quienes trabajan en la administración pública en áreas de justicia. También quedan exentos policías, y personas que hayan recibido alguna condena.
Por su parte, la subsecretaria de Relaciones con el Poder Judicial del Ministerio de Justicia y Seguridad, Florencia Blotta, destacó la importancia de esta incorporación, y señaló la necesidad de que la ciudadanía se informe sobre este mecanismo.
“En el marco de la implementación de la ley, es central la difusión de la normativa para que la ciudadanía conozca esta herramienta y este derecho y carga pública de participar y prestar el servicio de justicia en calidad de jurado”, explicó Blotta, al tiempo que indicó la necesidad de capacitación.
“Será de suma importancia también la generación de espacios de capacitación específica con todos los operadores judiciales y la participación de las Universidades y Colegios de Abogados, Magistrados y funcionarios del Poder Judicial”, concluyó la subsecretaria Blotta.
La Constitución Nacional de 1853 y la reforma de 1994 establecen esa figura que hasta ahora sólo estaba implementada en diez provincias.