Un fallo de Cámara redujo a tres años de prisión efectiva la condena unificada que actualmente purga por distintos delitos Dylan Cantero, hermano del jefe de la narcobanda Los Monos Ariel “Guille” Cantero. La resolución del juez Tomás Orso contempla sanciones que fueron impuestas en el fuero de Menores y también como mayor de edad.
Dylan Laureano Cantero (nacido en junio de 2004) está detenido desde fines de septiembre de 2022, cuando fue allanado –ya como mayor de edad– en el barrio Plata por una causa penal de asociación ilícita, que tuvo como principal investigado a su sobrino Uriel Luciano “Lucho” Cantero.
Por su participación secundaria en esta empresa criminal, Dylan fue condenado en noviembre de 2023 a tres años de prisión efectiva en un juicio abreviado que avaló el juez Román Lanzón.
Pero Dylan, hijo del matrimonio de Ariel “Viejo Cantero y Celestina Contreras, tenía expedientes abiertos en el fuero de Menores por portación de arma y encubrimiento.
Relacionado con estos delitos, el 4 de julio pasado la jueza de Menores María del Carmen Musa le impuso una pena única de 5 años y 6 meses de prisión, por aplicación del “método aritmético” en la sumatoria de las sanciones.
Recientemente ese monto fue apelado por el defensor de Cantero, José Manuel Alcacer, que entre otros argumentos, lo consideró excesivo, trayendo colación la Convención de los Derechos del Niño. La pena impuesta, dijo el abogado, no debió haber excedido los tres años y debería de haber sido de cumplimiento condicional.
El penalista destacó que la prisión impuesta a un menor debe ser proporcional, la última de las opciones y procurar la reinserción social. También hizo hincapié en la “conducta penitenciaria ejemplar” de su cliente, que además tiene una pareja estable y una hija a la que desea criar en su hogar.
Por su parte, una asesora de menores reprochó que la pena de primera instancia “resultó estigmatizante y discriminatoria para el imputado, en virtud de su familia de pertenencia”.
Incluso la representante del Ministerio Público de la Acusación, Estrella Galán, consideró que hubo un “error” en la aplicación de la pena de 5 años y 6 meses. “Se intentó colocarlo en una situación distinta a Cantero por su situación familiar”, dijo la fiscal.
El juez Tomás Orso finalmente resolvió en línea con lo solicitado por las partes, y disminuyó la pena aplicada a Cantero en tres años. Pero mantuvo la modalidad carcelaria.
“Respecto de la eventual imposición de una pena en suspenso, corresponde destacar que dicha pretensión no puede ser atendida, ya que se vincula exclusiva y necesariamente con el proceso minoril, [y por lo tanto] subsiste la de 3 años de cumplimiento efectivo impuesta –luego de la convalidación de un procedimiento abreviado– en el fuero de adultos”, cerró el magistrado.