Un controvertido fallo judicial impuso 12 años de cárcel a una mujer por matar a su marido, de quien se probó, la sometía constantemente a golpes y maltrato. El defensor de la mujer aseguró que se trató de un hecho en legítima defensa al tiempo que varias organizaciones sociales expresaron su apoyo.
Desde el Ministerio Público de la Defensa informaron que Nilda A., una mujer que vivió bajo una permanente violencia de género sostenida en el tiempo, fue condenada este martes, junto con su hijo Armando F. por los jueces Penales del Tribunal Oral de Juicio de Primera instancia de Villa Constitución a la pena de 12 años de prisión por el homicidio agravado por el vínculo contra su marido, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación por un hecho ocurrido en la mañana del 9 de agosto de 2014.
Nilda recibió la asistencia judicial del defensor público, Facundo Principiano, conjuntamente con la representante de la Unidad de Apoyo a Juicios Orales del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Santa Fe, Melisa Andreatta. El Tribunal Oral de Juicio que condenó a Nilda estuvo integrado por los jueces penales Mariel Minetti, Alberto Jesús Rizzardi y Griselda Strologo mientras que por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) intervino la fiscal, Valeria Pedrana, quien había solicitado la pena de prisión perpetua para Nilda A. como así también para su hijo, quien estuvo asesorado por la abogada particular, Mabel Bevaqua.
De acuerdo a lo que informó la Defensoría, el jueves último Principiano expuso los alegatos de clausura. En el inicio del debate la fiscal del Ministerio Público de la Acusación, se preguntó si la violencia familiar da lugar a una licencia para matar. Principiano no soslayó remarcar que la representante del MPA dio por acreditado la violencia machista a la que era sometida Nilda. El defensor trajo a colación la palabra de Alejandra García, derivada del Consejo de la Mujer, quien explicó durante el juicio que el presente es un caso “indudable” de violencia de género sostenido en el tiempo. La profesional también remarcó que hubiera sido “imposible” salir de ese círculo violento dado que Nilda no tenía los recursos a nivel subjetivos para hacerlo y que en varias oportunidades su marido se fue de la casa a lo que luego volvía por sus hijos y ella lo perdonaba “porque lo amaba”.
Principiano hizo hincapié en el sufrimiento que Nilda padeció a través de los años. En ese sentido recalcó que “existen pruebas irrefutables que acreditan la situación de sometimiento crónico y el contexto de violencia de género del que fue víctima”.
En este sentido, el defensor señaló los numerosos testimonios de personas que durante el juicio oral dieron cuenta acerca de la violencia ejercida contra Nilda por parte de “Patalín” -con ese apodo era conocido el hombre en el barrio-. Por ejemplo, varios de ellos relataron el estado violento que el marido de Nilda presentaba cuando tomaba alcohol. Una vecina de la familia, mencionó en ocasiones escuchar durante la noche a la mujer y a sus hijos decirle a Patalín que deje de golpearlos. Del mismo modo, otro testimonio señaló que Patalín “era una cosa cuando estaba fresco y otra cuando tomaba”.
Los testigos, también relataron acerca de las sucesivas cantidades de veces que vieron a Nilda golpeada. Además, uno de ellos mencionó que una vez observó como su Patalín la corría por la calle y que en un almacén denigrándola. Otro testigo dijo que Nilda era permanentemente maltratada por su esposo. A su vez, relató que en varios ocasiones vio a la mujer muy triste, golpeada y con moretones. Asimismo también mencionó que Nilda le comentaba en privado las maneras en que su marido le pegaba. Del mismo modo, otra persona dijo haber visto como Patalín le pegaba patadas y le tiraba de los pelos.
Sobre el caso traído a colación, el defensor solicitó la absolución de Nilda por haber actuado en legítima defensa. De esta forma, destacó que, al no existir pruebas testimoniales, la fiscal ratificó su teoría del caso en toda la prueba técnico pericial. Desde el inicio del debate la Defensa Pública había planteado que ese mismo material probatorio era concordante con la versión de los hechos que Nilda declaró durante el juicio.
El homicidio
Siempre de acuerdo a lo que informa el comunicado, durante la mañana del 9 de agosto de 2014, Patalín estaba junto a sus dos hijos cuando se desató una violenta discusión en su casa. Nilda se encontraba durmiendo y rápidamente despertó por los gritos que provenían desde el comedor. Cuando llegó allí se encontró con su marido agarrando del cuello a su hijo y con un cuchillo en la mano. Al observar tremenda escena, la mujer decidió ir en ayuda de su hijo, sabiendo de antemano que las represalias por esta intervención tendrían consecuencias sobre su propia persona, como ocurrió. Tal es así que en su intento desesperado por detener la agresión, la mujer sufrió una serie de empujones, cortaduras y golpes que su marido le terminó propinando durante el forcejeo. Es así que en medio de esta situación, Nilda le propinó a su marido dos golpes con una chaira mientras que Patalín falleció producto de dos heridas de arma blanca.
Independientemente de esa cuestión, y más allá de la duda razonable, Principiano aclaró que no existen pruebas que establezcan que la acción de Nilda pudo haber sido causa de muerte y que esas lesiones fueron efectuadas en el marco de una situación crítica donde estaba siendo amenazada la vida de su hijo y donde ella lo defendió de la agresión que estaba recibiendo por parte del padre.
Por último, el defensor público expresó que “cuando existe violencia doméstica se está en presencia de una agresión que está consolidada y no cesa dado que hay un continuo proceso en el cual no se pueden establecer cesuras rígidas y precisas de cuándo comienza y cuándo termina”. Sobre la sentencia, Principiano aclaró que “si bien los argumentos del fallo no fueron dados, consideramos que más allá de tener por acreditado la situaciones de violencia sufridas por Nilda, seguimos sosteniendo que se trató de una legítima defensa o de unas lesiones en la legítima defensa dado que su intervención no tuvo la entidad suficiente como para provocar la muerte de su marido, y es por eso vamos a apelar este fallo”.
Organizaciones expresaron su solidaridad y apoyo a Nilda. Entre ellas, elComité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem), Maestría en Poder y Sociedad desde la Problemática del Género de la Facultad de Humanidades y Artes (Universidad Nacional de Rosario), Asociación de Mujeres Autoconvocadas Contra la Violencia de Género, Coordinadora de Mujeres de Negro Rosario, Seamos Libres Movimiento Popular, Instituto de Género, Derecho y Desarrollo, Mujeres para la Victoria -Santa Fe-, Secretaría de Género de la CTA (Santa Fe), Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ), Mujeres Autoconvocadas en Trelew y Foro Santa Fe Contra la Trata.