La posibilidad de remover a la procuradora general de la Nación, Alejandro Gils Carbó, avanzó este viernes con un fallo de un juez en lo Contencioso Administrativo que avaló esa instancia, sin necesidad de recurrir al mecanismo del juicio político.
La decisión fue adoptada por el juez Pablo Cayssials, quien consideró "inconstitucional" un artículo 76 de la Ley 27.148, del Ministerio Público, que equipara al procurador general con los jueces de la Corte Suprema en las formas de removerlo de su cargo.
“El privilegio que la ley 27.148 le concede al titular del Ministerio Público, resulta muy superior al que tienen todos los jueces de la Nación (con excepción de los magistrados de la Corte Suprema), lo que resulta incompatible con las exigencias de igualdad y responsabilidad de los funcionarios,contemplados en la Constitución Nacional”, dice el fallo. Agrega que ese artículo, “al establecer el mecanismo de juicio político como modo de remoción del procurador general, consagró una barrera casi infranqueable a la responsabilidad del funcionario”.
El fallo es apelable, pero se puede convertir en un aval importante para que el gobierno concrete su plan de sacar a Gils Carbó del cargo medianteuna decisión administrativa que excluya el juicio político.
El escrito rechaza la defensa de Gils Carbó y hace lugar a las demandas interpuestas por la asociación Será Justicia y el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, que cuestionaron la constitucionalidad del artículo 76 de la ley 27.148.