La Justicia porteña ordenó al gobierno de la Ciudad otorgar una licencia por maternidad a una docente que se casó en virtud de la Ley de Matrimonio Igualitario y que gestó a su hija a través de un tratamiento de fertilización asistida.
La jueza Alejandra Petrella, titular del juzgado 12 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, ordenó al gobierno porteño que le otorgue a una madre no gestante la licencia de 120 días prevista por ley y que le haba sido denegada, informó el sitio i-judicial.
La magistrada fundamentó que “la licencia por maternidad no tiene en miras si la mujer a la cual se le otorga resulta ser la madre gestante o no, sino el interés superior del niño o niña y su derecho a poder disfrutar de la familia los primeros meses de vida, sin importar si los une o no un vínculo biológico”.
Además advirtió que “debe ser interpretada armónicamente con los nuevos derechos de parentalidad, que no distinguen el género ya que el matrimonio igualitario fue reconocido por la ley de Matrimonio Igualitario Nº 26.618 y por el art. 402 del Código Civil y Comercial de la Nacional”.
La docente, que trabaja en una escuela secundaria porteña, había solicitado al establecimiento la licencia por maternidad previo a la fecha de nacimiento de su hija. Petrella destacó en su fallo que “la licencia por maternidad no se vincula solamente a la gestación“.