En Argentina, más de ocho millones de votantes están afiliados a algún partido político. La mayoría con su consentimiento, pero algunos otros no. Para los que se encuentran dentro del segundo grupo y además ejercen una profesión que prohibe la afiliación política, puede ser un problema, como los policías y los jueces. Desde la Cámara Nacional Electoral (CNE) confirmaron que hay denuncias de personas que forman parte de agrupaciones contra su voluntad. La afiliación apócrifa constituye un delito y quien la certificó puede ser sancionado con hasta seis años de cárcel. ¿Cómo saber si estás afiliado a un partido político y cómo darte de baja?
En contacto con los periodistas Ciro Seisas y Hernán Funes del programa A Diario (Radio 2), el vocero de la CNE, Gustavo Mason, conminó a los ciudadanos que creen que no están afiliados a ningún partido a chequear su situación en este link.
“Una vez que hace la búsqueda y se sorprende afiliado, queda el camino de ejercer el derecho de la renuncia (si ese es su deseo) a través de un telegrama dirigido a la secretaría electoral de su distrito”, explicó. La renuncia también puede hacerse personalmente en la sede del tribunal electoral, en 1° de Mayo 1565 de la capital provincial o en la Cámara electoral en Buenos Aires. Otra opción es con una carta con firma certificada, pero –reconoció Mason– se trata de la alternativa "más engorrosa". En los otros casos no se necesita certificar la firma.
La desafiliación, añadió, tarda unas 48 horas en efectivizarse.
Cuando se trata de una afiliación falsa, continuó Mason, quien la certificó corre el riesgo de pasar una temporada en prisión. Y es que para sumarse a cualquier partido político, el interesado debe firmar una ficha ante un representante del partido en cuestión.
Se trata de un delito de falsedad ideológica que el Código Penal pena “con reclusión o prisión de uno a seis años” a quien “insertare o hiciere insertar en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio”.