Diputados nacionales de Juntos por el Cambio presentaron este martes una denuncia penal contra el presidente Alberto Fernández y su gabinete por el supuesto delito de abuso de autoridad a través del decreto que dispuso la intervención de la empresa Vicentín.
La denuncia fue firmada por los legisladores Federico Angelini, Waldo Wolff, Gisela Scaglia, Pablo Torello, Álvaro De Lamadrid, Luis Petri, Marcela Campagnoli, Jorge Enriquez, José Nuñez, Gonzalo del Cerro, Ximena García, Dina Rezinovsky, Lucila Leheman, Fernando Iglesias, Lidia Ascárate y Mónica Frade.
Los diputados de la oposición sostuvieron que “conforme la Constitución Nacional y la Ley de Quiebras 24.522, el Poder Ejecutivo Nacional carece de facultades para apropiarse de la gestión de una empresa privada, cualquiera sea el estado de su patrimonio y el alcance de sus deudas”.
Los denunciantes invocaron el artículo 17 de la Carta Magna, que indica que “la propiedad privada es inviolable y nadie puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley”.
Asimismo, “el texto constitucional prohíbe al Congreso Nacional y a las legislaturas provinciales otorgar facultades extraordinarias por las cuales la fortuna de los argentinos quede a merced de persona o gobierno alguno”.
“En consecuencia, si el Congreso no puede otorgar esas facultades, obviamente no puede atribuírselas el Poder Ejecutivo por un Decreto de Necesidad y Urgencia, dado que no puede ir más allá de las atribuciones del Poder Legislativo y se estaría otorgando directamente las facultades prohibidas”, denunciaron
Por otra parte, “el artículo 75 inciso 12 de la Constitución Nacional dice que corresponde al Congreso Nacional dictar los códigos de fondo y la ley de bancarrotas -quiebras-, de manera que no puede modificarse el procedimiento pertinente por un decreto del Poder Ejecutivo Nacional, aún dentro de los denominados de Necesidad y Urgencia”.
Los diputados advirtieron además que “no existen circunstancias que, en los términos del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, justifiquen la intromisión del Poder Ejecutivo en un procedimiento concursal, más que como parte, si tuviera un interés legítimo”.
Otro de los aspectos señalados es que “el Poder Ejecutivo tiene vedada toda posibilidad de intervención en el proceso de saneamiento o liquidación de la empresa, que está en manos del juez del concurso. El tribunal del concurso debe velar por los derechos de los acreedores y el patrimonio de la empresa, de modo que una decisión política de intervenirla, al margen de las decisiones del juez, además de violar el límite establecido en el artículo 109 de la Constitución Nacional, viola el debido proceso legal”.
Finalmente, apuntaron que “la decisión del Poder Ejecutivo Nacional viola el sistema republicano de gobierno” porque “invade potestades propias de la competencia judicial de la provincia de Santa Fe, donde está radicado el proceso concursal”.