La jueza de Familia Valeria Vittori admitió que una niña de siete años sea adoptada por una mujer soltera que falleció antes de concluir su adopción. Se trata de una “adopción post mortem monoparental”, situación excepcional que no se encuentra prevista en el Código Civil y Comercial y de la cual no hay antecedentes en el país. La mujer no tenía pareja, quien en casos semejantes continúa con los trámites legales hasta la adopción definitiva de la menor.

La niña tenía pocos meses cuando a Laura le concedieron su guarda provisoria, en diciembre de 2009. Ellas dos y la hija de Laura vivieron juntas siete años, hasta que en marzo de 2016 obtuvo la guarda pre adoptiva, paso previo a la adopción definitiva.

Durante el transcurso de ese tiempo desarrollaron una relación afectiva que fue comprobada y avalada por psicólogas, trabajadoras sociales, estudios socio ambientales y en audiencias judiciales. El trato afectuoso que había entre ambas como resultado de años de convivencia, resguardo, protección e interacción fraternal eran el reflejo del vínculo amoroso que se había establecido en un entorno social y cultural estable.

La magistrada tuvo en consideración que la nena, ante la muerte de su guardadora, “vio frustrada la posibilidad de obtener la adopción de la persona que por más de seis años  la cuidó, veló por su bienestar y le brindó amor incondicional”. Además, destacó la relación de fraternidad y el rol fundamental que la “hermana” tuvo en su vida como sostén emocional en el trato cotidiano.