Si bien las personas que cuidan a adultos mayores están exceptuados de cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el gobierno nacional, una nueva normativa establece que deberán completar una declaración jurada para poder circular por la calle.
Así lo estableció la Resolución 133/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
El dictamen del Ministerio de Desarrollo Social establece que el formulario deberá ser completado y presentado "a la autoridad competente, junto con su Documento Nacional de Identidad” en caso de ser necesario.
El mencionado formulario podrá ser llenado a mano, por computadora o “bien transcribiendo la totalidad de su contenido de puño y letra en una hoja en blanco” y agregando los datos que se solicitan.
En el segundo artículo, el Gobierno aclaró que en el supuesto de que este trabajo esté en manos de alguien ajeno a la familia de la persona anciana, ya sea un voluntario o un contratado, la declaración jurada deberá ser firmada tanto por quien brinde el servicio como por el beneficiario o algún familiar del mismo.
“Para el caso de cuidadores que registren relación de dependencia con una empresa prestadora de servicios (medicina prepaga, obra social u otros), será su empleador quien concederá una certificación específica al efecto”, precisó la Resolución.
Por último, el Gobierno informó que en todos los supuestos antes mencionados, en el formulario se “deberán describir los días y horarios en los cuales el/la cuidador/a, se trate de familiar o profesional, acudirá al domicilio de la persona mayor para su cuidado y/o asistencia”.
Cuando se decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio, las autoridades nacionales aclararon que quedaban exceptuadas de la prohibición de circular ciertas personas afectadas a una serie de actividades o servicios declarados esenciales en la emergencia".
El formulario puede descargarse desde la web del Ministerio de Desarrollo Social.