Desde la Asociación de Inquilinos Rosario salieron a aclarar que por el momento no existe ninguna autorización especial para realizar mudanzas en medio de la medida de aislamiento preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus, ante versiones confusas al respecto.
La explicación llegó luego de informaciones disimiles que surgieron tras la detención de tres estudiantes brasileros residentes en la ciudad cuando se trasladaban de un departamento a otro como un caso de fuerza mayor, con el argumento de haber sufrido diferentes episodios de inseguridad en donde vivían.
“En ningún decreto o resolución publicada por el gobierno nacional, provincial o municipal se plantea la posibilidad de exceptuar la actividad de «mudanza». En la actualidad no está permitido”, sostiene un comunicado de la organización local.
Su presidente, Emmanuel Canelli, desmintió el viernes último en Telenoche (El Tres) a una autoridad policial que minutos antes había expresado que para poder mudarse había que gestionar previamente un permiso especial.
Desde la comisaría 2ª, donde permanecían demoradas tres personas que trasladaban pertenencias en una camioneta hacia un inmueble de Rioja al 2700, mencionaron ante el móvil del citado noticiero que para esas acciones había que solicitar una autorización, lo que generó dudas.
El responsable de la Asociación de Inquilinos local dijo que junto a pares de otros lugares del país están tramitando ante la Nación, directamente con el jefe de Gabinete Santiago Cafiero, que se puedan instrumentar esos permisos para mudanzas “pero por ahora no existen”.
“Asimismo, recordamos a toda la población inquilina que haga valer sus derechos planteados en el Decreto 320/20, en el cual se prohíben los desalojos. Y que de sucederles que se encuentren con dos contratos vigentes, imposibilitados de ejercer la mudanza por el aislamiento social, preventivo y obligatorio, que nos contacten”, insta la Asociación, y promueve sus páginas de Facebook, Instagram o Twitter.
En ese sentido, recordó que “según los artículos 955, 955, 1.730, 1.733 y 1.091 del Código Civil y Comercial –quienes alquilan– no deben continuar con las responsabilidades contraídas en un departamento que jamás pudieron llegar a utilizar”.
¿Qué se permite a los inquilinos, por ahora, durante la cuarentena?
- Permanecer en su casa, aunque venza el contrato
- Contar con una prórroga automática del contrato hasta septiembre
- Pagar el alquiler a precio de marzo (por decreto, queda congelado)
- En caso de contraer deudas, se abonarían en octubre
- De querer/necesitar mudarse, realizarlo una vez que el gobierno lo autorice