La Justicia de Familia de San Lorenzo resolvió privar de la responsabilidad parental a un padre respecto de su hija de 6 años. Además, dispuso que se cambie el apellido de la menor y desde ahora lleve el de su madre. La decisión se fundamentó en el que el hombre nunca se hizo cargo ni cuidó de la niña.
Según publicó el sitio Tiempo de Justicia, la pareja terminó la relación sentimental cuando la pequeña tenía 7 meses y desde entonces el hombre nunca tuvo mostró interés por ver a su hija. En los últimos 4 años la mujer tuvo relación con su ex pareja sólo a través de redes sociales o por teléfono, pero el hombre nunca preguntó por su hija.
De acuerdo a lo que se conoció del caso, el hombre jamás cumplió con el pago de la cuota alimentaria y la mamá se hizo cargo del cuidado de la niña y el centro de vida de la menor se encuentra en la casa de los abuelos maternos. En tanto, no se siente identificada con el apellido de alguien a quién jamás conoció.
La resolución del juez de familia Marcelo Escola afirma que “el Código Civil y Comercial consagra la responsabilidad de los padres respecto de sus hijos menores de edad y determina que es un conjunto de deberes-derechos que se precisan para cumplir los roles que la propia ley fija: la protección, el desarrollo y la formación integral”. Agrega que “entre las causas de la privación de la responsabilidad parental está el abandono del hijo, dejándolo en un total estado de desprotección, aún cuando quede al cuidado del otro progenitor o la guarda de un tercero”.
Se añade que “así como cada progenitor tiene la responsabilidad y el derecho de contribuir a la crianza de sus hijos, también los hijos tienen el derecho a un vínculo independiente y significativo con cada uno de sus padres”.