El Servicio público provincial de Defensa Penal interpuso un recurso de hábeas corpus colectivo y correctivo para que las personas privadas de su libertad sean incluidas en el plan provincial de vacunación contra el coronavirus. Señalaron que la forma de anotarse, con una declaración jurada vía online, deja fuera a los reclusos que no tienen acceso a Internet; y acusaron además al Ejecutivo de no haber instrumentado de alguna manera la inoculación de aquellos detenidos que por su edad o factor de riesgo ya habrían sido vacunados de estar libres.
A través de un comunicado oficial, la Defensa Penal informó que este martes la Defensora Provincial, Jaquelina Balangione; y el Defensor Regional de Rosario, Gustavo Franceschetti, interpusieron un hábeas corpus para evitar la exclusión arbitraria de las personas encarceladas del plan de vacunación. Piden que se haga un relevamiento de toda la población carcelaria y que se inoculen a quienes por su edad o factor de riesgo ya deberían haber estado inoculados.
Advirtieron que el gobierno provincial no incorporó en todo el proceso de vacunación a las personas privadas de su libertad, pese a cumplir con los mismos requisitos que son exigidos a la población general; y describieron como una omisión discriminatoria no instrumentar los mecanismos necesarios para sumarlos.
También llamaron la atención sobre el proceso de inscripción que requiere de conexión a Internet, sin tener en cuenta que las personas privadas de su libertad no poseen dispositivos con ese acceso.
Con todo, aclararon que la Defensa Pública no exige que los detenidos sean consideradas como un grupo especial o prioritario, sino que aboga para que la privación de libertad no opere como un impedimento. Argumentaron derechos constitucionalmente protegidos como el derecho a la salud y el derecho de igualdad ante la ley; y también el elevado número de contagios que en los últimos días se registraron en distintas unidades penitenciarias del territorio provincial.
Con dicha presentación se requirió al juez competente que ordene, entre otras peticiones, al Servicio Penitenciario y al Ministerio de Salud para que realizándose el relevamiento correspondiente se proceda a inocular a las personas privadas de su libertad que ya les hubiera correspondido según el plan provincial de vacunación; y en relación a la población carcelaria en general la organización e inscripción en dispositivos vacunatorios.